El decreto ley, aprobado el pasado viernes por el Consejo de Ministros, establece ayudas a particulares en los casos de fallecimiento y de incapacidad absoluta y permanente, así como por alquileres de viviendas y para la reconstrucción de las casas que hayan resultado destruidas o dañadas.
Además, se conceden ayudas a las entidades locales por los gastos de emergencia en que hubieran incurrido para garantizar la vida y la seguridad de las personas y el funcionamiento de los servicios públicos esenciales y se financian las obras de reparación o restitución de infraestructuras, equipamientos o instalaciones correspondientes a servicios esenciales.
También se incluyen beneficios fiscales, como exenciones en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles y reducciones en el Impuesto de Actividades Económicas.
Asimismo, el decreto ley incluye ayudas para compensar los daños causados en producciones agrícolas y ganaderas, así como medidas laborales y de seguridad social.
Con carácter excepcional, se anticipa al día 1 de junio de 2011 el abono de la paga extraordinaria, correspondiente al período diciembre de 2010 a mayo de 2011, a los pensionistas de Lorca.
Se pone en marcha también una línea de préstamos en el Instituto de Crédito Oficial para la reparación o reposición de instalaciones y equipos industriales, mercantiles, agrícolas, forestales, ganaderos y de regadío, y vehículos de uso particular o comercial.
Para la aplicación de estas medidas se crea una comisión interministerial, coordinada por la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, e integrada por representantes de nueve ministerios, así como por el Delegado del Gobierno en Murcia y por un representante del Consorcio de Compensación de Seguros.
Los peritos de este organismo público empezarán a contactar este fin de semana con los afectados por el terremoto con el objetivo de realizar la próxima semana las primeras peritaciones y comenzar los pagos de los expedientes más sencillos "en cuestión de días".
Así lo señaló a Efe Alejandro Izuzquiza, director de Operaciones del Consorcio de Compensación de Seguros, quien precisó que no se va a exigir que se cumpla "estrictamente" el plazo de 7 días que establece la Ley del Contrato del Seguro para comunicar los daños, al tratarse de "circunstancias muy especiales".