La Audiencia de Málaga ha confirmado la sentencia dictada contra un hombre por pegar a su yerno y amenazar e insultar a su hija, con la que la exmujer del denunciado se había ido a vivir tras abandonarlo. Así, se rechaza el recurso de la defensa y se ratifica la pena de tres años y medio de prisión a la que se le condenó.
El juzgado de lo Penal que juzgó el caso consideró probado, según consta en la sentencia de la Audiencia a la que ha tenido acceso Europa Press, que, debido a que su esposa le abandonó y se fue a vivir con su hija y su familia, el acusado estuvo "profiriendo insultos contra su hija" durante tres meses.
Además, según la primera resolución, en diciembre de 2012, el hombre fue al domicilio de ésta y quiso subir a la segunda planta de la vivienda, pero su yerno se interpuso y en el camino "le propinó tres golpes a mano abierta en la cara". Días más tarde, volvió a la casa e insultó y amenazó de nuevo a su hija.
Otro día después, entró de nuevo en la vivienda y dio un guantazo en la cara al yerno, que tuvo que ir al centro de salud. Por estos hechos, se le condenó por dos delitos de malos tratos en el ámbito familiar y otro contra la integridad moral, imponiéndole el juez tres años y medio de cárcel y prohibición de acercarse a las víctimas.
Contra esta sentencia, la defensa del hombre presentó un recurso de apelación, alegando error al valorar la prueba y vulneración de la presunción de inocencia. Pero la Sala rechaza los argumentos expuestos y apunta que no hay indicios de que la hija y su marido hubieran mentido para perjudicar al acusado.
Asimismo, el Tribunal señala que por parte de la acusación se aportaron bastantes pruebas para demostrar la autoría por parte del acusado de dos delitos de malos tratos de obra en el ámbito familiar sin causar lesión, cometidos sobre su yerno; y uno contra la integridad moral por violencia psíquica sobre su hija.