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Viernes 15/11/2024
 
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Sevilla

Supremo condena a 4 años al exgerente de una empresa municipal de Coria que firmó peonadas falsas

El TS ha confirmado la condena de cuatro años y medio de cárcel impuesta al exgerente de una empresa municipal que fue acusado de destinar fondos de la sociedad a "sobresueldos" para los trabajadores de la misma y de haber firmado peonadas falsas a varias personas, entre ellas su mujer e hija

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El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de cuatro años y medio de cárcel impuesta al exgerente de una empresa municipal de Coria del Río (Sevilla) que fue acusado de destinar fondos de la sociedad a "sobresueldos" para los trabajadores de la misma y de haber firmado peonadas falsas para acceder al subsidio agrario a varias personas, entre ellas su mujer e hija.

   En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Penal del Supremo rechaza el recurso del acusado, A.J.B., contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que lo condenó, tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular, a cuatro años y seis meses de prisión, ocho años de inhabilitación y el pago de una indemnización de 30.370 euros por delitos de malversación y falsedad en documento oficial.

   En su veredicto, el jurado consideró probado que el acusado desempeñó durante los años 2000 y 2001 el cargo de gerente en la Empresa Municipal Agrícola Coriana (Emacsa), participada en un 100 por cien por el Ayuntamiento y cuyo objeto social era explotar la finca 'La Dehesa', propiedad del referido municipio.

   Como gerente, "tenía capacidad para decidir sobre la contratación de personal eventual para las labores propias del campo y también para realizar compras de material y efectos propios para las labores agrícolas, siempre que no fueren de un importe muy elevado".

   Según el jurado, en ese periodo de tiempo "y con el fin de beneficiarse económicamente él mismo o de permitir que se beneficiaran otros a costa de la empresa municipal", el acusado "destinó dinero de la misma a fines ajenos a la sociedad", según el auto consultado por Europa Press.

   De esta manera, "ordenó al personal a su cargo que incluyera en el libro de matrícula, diera de alta en la Seguridad Social y confeccionara nóminas que no respondían a la realidad", ya que "correspondían a personas que no habían trabajado para la sociedad, facilitándoles así que aumentaran o completaran las jornadas de trabajo agrícola necesarias para permitirles en su día acceder al subsidio de desempleo agrario".

LOS TESTIGOS APUNTAN AL ACUSADO

   El Supremo rechaza el recurso interpuesto por el acusado, que alegó vulneración del derecho a la presunción de inocencia por la ausencia de prueba de que el imputado tuviese la capacidad de ejercer control alguno sobre la gestión administrativa de la empresa municipal en la que trabajaba como encargado ni que tuviese el dominio del hecho sobre la redacción de los contratos ni la confección del libro de matrícula de los trabajadores que supuestamente eran empleados por la mercantil.

   Frente a ello, el Supremo sostiene que la conclusión de que el acusado disponía de la capacidad de decidir a quién se incluía en las listas de peón agrícola "se basó en prueba suficiente, válidamente obtenida y practicada", haciendo referencia en este sentido a las testificales del funcionario que realizaba labores de administrativo y del ingeniero agrícola, que estuvo sólo unos meses a las órdenes del acusado y que luego lo sustituyó como gerente en Emacsa.

   Estos dos testigos "manifestaron que era el acusado, como gerente de la empresa, quien tomaba decisiones sobre la contratación e indicaba quiénes habían de ser incluidos en los correspondientes documentos como trabajadores eventuales".

   Además, también declararon como testigos el administrativo, el listero, el encargado de cultivo y riego, el manijero y un concejal del Ayuntamiento, quienes manifestaron que era el acusado "quien tenía la facultad de decidir a quién se escogía como peón agrícola y a quién no, así como que nunca vieron en la finca ni al hijo ni a la esposa del imputado ni a otras personas, pese a que, por orden del recurrente, aparecían en el libro de matrícula y de alta en la Seguridad Social y cobraron peonadas".

EL ACUSADO DICE QUE "NUNCA REGALÓ NADA"

   En su declaración durante el juicio, el procesado negó las acusaciones y aseguró que "nunca regaló nada", sino que "prestaba" efectos de la finca 'La Dehesa' explotada por esta empresa y también dinero "de su bolsillo" que los trabajadores le devolvían "cuando cobraban".

   El imputado sí admitió que se firmaron peonadas falsas para acceder al subsidio agrario a varias personas, aunque habría responsabilizado de ello a los delegados municipales de Personal y de Campo, añadiendo que las peonadas por horas extras hechas por determinados trabajadores se firmaban a nombre de familiares de éstos "por orden del concejal delegado".

   "Jamás tuve nada que ver con las peonadas; mi firma no está en ningún documento administrativo", dijo el acusado, precisando que el sello para acreditar dichas peonadas no lo tenía él sino los delegados mencionados.

   "Yo era gerente, pero ni firmaba ni decidía nada", apostilló el acusado, quien abundó en que "jamás" firmó una nómina, un talón ni las peonadas mencionadas, un asunto éste último que "estaba así" cuando llegó al cargo de gerente y que actualmente "sigue así".

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