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Sevilla

La Audiencia de Sevilla delibera sobre la imputación de Magdalena Álvarez

En concreto el 25 de octubre de 2013, la Sección Séptima de la Audiencia hizo público un auto en el que anulaba la imputación de la exconsejera y pedía a la instructora que dictara una nueva resolución en la que \"concrete\" y \"precise\" los hechos que le atribuye

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  • Magdalena Álvarez -

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla tiene previsto deliberar este miércoles sobre el recurso interpuesto por la exconsejera de Economía y Hacienda y exministra de Fomento Magdalena Álvarez contra el auto en el que la juez que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares la imputó nuevamente en la causa después de que el primer auto de imputación fuera anulado por la propia Audiencia.

   Hay que recordar que, por medio de un auto dictado el pasado 28 de junio de 2013, la juez de Instrucción número 6 de Sevilla, Mercedes Alaya, imputó a un total de 20 cargos y exaltos cargos de la Junta, entre los que se encontraba la propia Magdalena Álvarez, cuyo abogado recurrió dicho auto directamente en apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla.

   En su recurso, consultado por Europa Press, el letrado de Magdalena Álvarez solicitó la nulidad del auto y el sobreseimiento de la causa respecto a su representada "por manifiesta ausencia de caracteres delictivos en los hechos imputados", pidiendo de manera subsidiaria que se revocara dicha resolución judicial "por falta de motivación" y que se devolviera al Juzgado para que "se dé razón suficiente de los elementos fácticos y jurídicos que hayan de sustentarlo".

   A pesar de este recurso, la juez citó a declarar a la imputada el día 8 de octubre de 2013, imputándole sendos presuntos delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos, ya que "permitió" el uso "ilegal" de fondos públicos y fue "una de las promotoras" del procedimiento "ilegal" de concesión de subvenciones sociolaborales entre los años 2000 y 2011.

   Al finalizar la declaración, se celebró una comparecencia de medidas cautelares en la que ni la Fiscalía Anticorrupción ni la Junta pidieron medida alguna para la imputada, mientras que la acusación que ejerce el sindicato Manos Limpias solicitó a la juez que le impusiera una fianza de responsabilidad civil de 125 millones de euros, más el tercio legal previsto.

   Posteriormente, en concreto el 25 de octubre de 2013, la Sección Séptima de la Audiencia hizo público un auto en el que anulaba la imputación de la exconsejera y pedía a la instructora que dictara una nueva resolución en la que "concrete" y "precise" los hechos que le atribuye.

LA FIANZA CIVIL DE 29,5 MILLONES DE EUROS

   A los pocos días, la magistrada notificó un auto en el que atendió la orden dada por la Audiencia y la citó nuevamente a declarar como imputada el 7 de noviembre, reproduciéndole en dicha resolución la imputación que le fue leída en su primera comparecencia, lo que fue nuevamente recurrido por la exconsejera ante la Audiencia Provincial, que deliberará sobre el particular este miércoles.

   El pasado mes de marzo, asimismo, la juez impuso a Magdalena Álvarez una fianza de responsabilidad civil de 29.568.129,20 euros, lo cual fue recurrido por la imputada al entender que se trata de una fianza "abusiva" y "presidida por un fin estigmatizador y punitivo, fin coherente con el juicio anticipado de culpabilidad en que se sostiene pero manifiestamente inconstitucional".

   En el recurso, el abogado de Álvarez invoca la nulidad del auto por vulneración del derecho a la presunción de inocencia al efectuarse en el auto "un juicio anticipado de culpabilidad, desbordando las funciones propias del juez de instrucción", ello en relación al hecho de que la juez aseverara que la fianza se impone ante la "probabilidad cierta" de que vaya a ser condenada por los delitos que se le atribuyen.

"JUICIO ANTICIPADO DE CULPABILIDAD"

   "El auto ha de ser declarado nulo de pleno derecho por cuanto impone una fianza desproporcionada sin la existencia de base indiciaria suficiente, pero junto al citado déficit legal, aún más censurable resulta que la magistrada derive de tales indicios un juicio anticipado de culpabilidad sobre los hechos pretendidamente cometidos" por la imputada, asevera.

   En su opinión, "las manifestaciones vertidas por la magistrada constituyen un prejuicio sobre la responsabilidad penal" de la imputada "que atenta contra la garantía esencial de la inocencia y que además supone un desbordamiento manifiesto del papel que el sistema jurídico impone al juez instructor". "Tal indebida arrogación de una función de enjuiciamiento que no le corresponde despierta, además, serias dudas acerca de la imparcialidad con que ha venido realizándose la presente instrucción", apunta.

   A todo ello se suma que la fianza impuesta "no responde a la existencia de indicios sólidos de criminalidad, toda vez que la propia imputación de mi representada está sostenida en sospechas infundadas, errores sustantivos, generalizaciones indebidas y en una inasumible exégesis de la legalidad".

   El recurso contra la fianza civil, a día de hoy, también se encuentra pendiente de resolución por parte de la Audiencia Provincial.

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