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Sábado 30/11/2024
 
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Sevilla

El Ayuntamiento limita la actividad hostelera por la procesión de clausura del Congreso

Nuevas normas restringen la venta de bebidas en la vía pública y limitan el acceso en zonas de paso procesional para garantizar el orden y la seguridad

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  • Imagen del Paseo Colón de Sevilla. -

El Ayuntamiento de Sevilla ha aprobado una serie de normas de funcionamiento de locales destinados a hostelería y esparcimiento, así como de venta de alimentos, con motivo de la procesión de clausura del II Congreso Internacional de Hermandades y Piedad Popular que se celebrará el día 8 de diciembre, de modo que los locales del entorno de la carrera oficial sólo podrán servir al público en el interior de los mismos, "sin superar el aforo permitido", y en aquellos incluidos en la zona restringida de acceso a las sillas "sólo se permitirá la entrada a las personas abonadas".

Así se contempla en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Sevilla publicado este viernes. La resolución establece límites al consumo de bebidas en la calle, por lo que no podrán expenderse en cualquier tipo de envase por locales con acceso directo por calles por donde discurran los desfiles, desde una hora antes de la llegada de la cruz de guía a la altura del establecimiento, hasta la finalización del paso de la cofradía.

En relación a dicha norma, existen excepciones, tales como la venta de agua, refrescos o zumos, en envases de plástico, y café e infusiones en vasos de cartón para consumo unipersonal. Esta medida no afecta a la venta a domicilio. El conjunto de normas establecidas al respecto entrará en vigor a las 15,00 horas del 7 de diciembre y regirá hasta las 7,00 horas del lunes 9.

En lo que a horarios de apertura y cierre de las actividades de hostelería y esparcimiento, en general, estarán en vigor "los mismos a los que están sometidas durante el resto del año, y en todo caso se observará el que figure en el título de la licencia de que se disponga".

En los casos en que los establecimientos se ubiquen en zonas de paso de cofradías, los titulares "deberán disponer de una persona encargada específicamente de impedir que los clientes saquen las consumiciones fuera del local".

Asimismo, los establecimientos deberán mantener expeditas puertas de salida y vías de evacuación, y con ese fin, tanto la mercancía como el mobiliario de los veladores que sean retirados y se acopien en el interior deberán disponerse fuera de las zonas de público, de paso, pasillos y vestíbulos de aseos".

Los horarios de actividades de venta al por menor de alimentos serán los establecidos en cada licencia o declaración responsable. En cualquier caso, se mantendrá la limitación horaria de cierre que rige en las Zonas Acústicamente Saturadas en lo que respecta a comercios de alimentación y bebidas (de 22,00 a 8,00 horas) afectados por dichas declaraciones.

La norma mantiene la prohibición de venta de bebidas alcohólicas durante el horario comprendido entre las 22,00 y las 8,00 horas del día siguiente en establecimientos en los que no esté autorizado el consumo (o en aquellos que dispongan de tal autorización, cuando se pretendan adquirir para no ser consumidas en el mismo), incluso la de carácter ambulante y la efectuada a distancia.

Otras limitaciones

Esta disposición recoge que, "independientemente de las limitaciones impuestas, podrán establecerse otras sobre suspensión temporal de funcionamiento de determinadas actividades concretas o limitaciones parciales de acceso a las mismas"; ello de acuerdo con lo establecido en el Plan Específico de Coordinación 'Procesión de Clausura II Congreso Internacional de Hermandades y Piedad Popular'.

El Ayuntamiento esgrime para esta resolución el hecho de que los desfiles procesionales con motivo de este Congreso Internacional de Hermandades y Piedad Popular supondrá la concentración "de una gran cantidad de personas en un espacio físico limitado". A ello se añade el problema del "consumo grupal" de alcohol o bebidas en general en la vía pública "que suele producirse en determinados entornos donde tiene lugar la celebración de eventos multitudinarios".

Por otra parte, las actividades de hostelería y esparcimiento "verán intensificado su uso, con notable incremento de aforos, al tiempo que pueden surgir actividades clandestinas, a menudo ocupando espacios no adecuados, que desarrollen su actividad al margen de la legalidad".

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