La empresa
Aborgase, Abonos Orgánicos Sevilla, presentó el pasado
29 de abril de 2022 una solicitud ante la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio para que se
modifique el Plan Especial que regula el
vertedero de residuos urbanos más importante de la provincia, el de
Montemarta-Cónica, situado en el término municipal de Alcalá de Guadaíra, con el fin de que se mantenga
vigente durante 60 años, cuando en estos momentos la vigencia sería hasta 2046.
El
vertedero de residuos sólidos de
Montemarta-Cónica ocupa 158,16 hectáreas de la finca del mismo nombre en Alcalá de Guadaíra y acoge los desechos de los municipios más importantes de la provincia, especialmente de los integrados en la Mancomunidad de Los Alcores e incluyendo los de Sevilla capital.
Su concesión administrativa continúa en prórroga forzosa desde el año 2016, una situación “irregular” que ha sido objeto de un
durísimo informe del Tribunal de Cuentas, que ha anunciado la “apertura de
diligencias preliminares” por parte de la fiscalía del organismo.
El
complejo está en uso desde
1990 como
vertedero controlado de residuos urbanos. A partir de
1997 se amplió su actividad mediante la implantación de la
Planta de Reciclaje de Residuos Sólidos Urbanos con producción de compost de la Mancomunidad de los Alcores y se constituyó el
Centro de Tratamiento de Residuos Sólidos Montemarta-Cónica, por lo que el vertedero controlado pasó a realizar las funciones de apoyo a la planta. La
planta de clasificación de materiales, que también recicla la materia orgánica mediante
compostaje, tiene una capacidad nominal de tratamiento de
540.000 toneladas al año tras la ampliación de cuatro a seis líneas de proceso, realizada en 2011.
El Plan Especial
El
Plan Especial, aprobado el 3 de abril de 2014, establecía en la memoria de información y en la justificativa un
periodo de vigencia que se dividía en dos etapas: una primera, para la
explotación de la actividad, de 4 años de duración, pudiendo ser ampliado; y otra segunda,
de 30 años, para la vigilancia, control y mantenimiento del Centro.
El
modificado de Plan Especial solicitado por Aborgase pretende establecer en ambos apartados un
periodo de vigencia -para la etapa de la explotación y para la de postclausura-
vinculado a la duración de la actividad, que
hasta ahora contemplaba un “horizonte temporal de ocupación del ámbito hasta el año
2046, que podrá ser superior en el caso de ampliación de la concesión”.
Aborgase
justifica su continuidad en
las tarifas de entrada en el BOP (resolución del 30 de noviembre de 2020, emitida por la Junta General de la Mancomunidad Alcores por la que se aprueban las tarifas de entrada al Centro para el año 2021), como por las
sucesivas aprobaciones y adaptaciones por la Delegación Provincial de Sevilla de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía
de la Autorización Ambiental Integrada (AAI/SE/045).
También lo justicia en el
Plan Integral de Residuos de Andalucía hacia una Economía Circular en el Horizonte 2030, aprobado el 6 de abril de 2021, que hace referencia al Complejo Montemarta-Cónica, al igual que el
Plan de Residuos no Peligrosos de la Provincia de Sevilla, aprobado el 28 de enero de 2021, y que considera la instalación de Alcalá como la de mayor población servida (71,3%) de toda la provincia.
Así, considerando las
dos etapas, “nos da un horizonte temporal mínimo de ocupación del ámbito de unos 60 años, que podrá ser superior en el caso de ampliación de la actividad de prestación del servicio, sujeta a la capacidad operativa de la planta, o en su caso sujeta a ampliación, con lo que el periodo de vigencia quedaría ampliado”, según se afirma en el borrador de la modificación del Plan Especial.
Continúa su tramitación
Según ha confirmado la Junta, el proyecto fue admitido a trámite el 26 de junio y fue sometido a
trámite de consultas públicas previas en el Portal de la Transparencia hasta el 27 de julio. El 25 de octubre, la Secretaria General Provincial emitió un informe “de
inexistencia de aportaciones durante dicho periodo”, por lo que la tramitación continúa y se “ha comunicado al promotor
que presente el documento técnico”.
La Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio no ha aclarado en qué consiste ese documento técnico, aunque
según la Ley GICA, en su artículo 40, se especifica que l
as modificaciones de los planes parciales requieren, como mínimo, evaluación ambiental estratégica simplificada, aunque la
gestión de residuos se incluye en los que requieren
evaluación ambiental estratégica ordinaria, extremo que no ha sido aclarado por la propia Junta.
Impacto sobre la salud
De hecho, el borrador del documento, al que ha tenido acceso Viva,
no contempla en ningún momento el apartado ambiental en la modificación del Plan Especial, a pesar de que sí lo requeriría según el artículo 40 de la Ley GICA. Sólo existe una “Valoración de impacto a la salud”, en la que se concluye que no sería “significativo” por la “lejanía” de las instalaciones a los núcleos poblacionales.
En sus conclusiones sobre este aspecto, asegura el documento: “Tras la realización de un
análisis sobre los posibles impactos sobre la salud que puede ocasionar la operación del C.I.T.R.S.U. Montemarta Cónica, se concluye que la actuación proyectada no supone alteraciones significativas en el entorno que implique calificar un Impacto a la Salud Significativo severo o crítico”.
“Por todo lo que se ha mencionado anteriormente, el
impacto se ha considerado como
no significativo, lo que corresponde a un carácter compatible con la actividad proyectada”, concluye el informe incluido en el documento presentado ante la Junta.
30 metros de altura
El borrador presentado por Aborgase expone que la ordenación del Plan parte de la
situación agraria del ámbito, que muestra un paisaje de campiña poco diferente al predominante en amplias zonas de la provincia y del Bajo Guadalquivir, y que como consecuencia de la actividad que se desarrolla supondrá una modificación de la topografía original consecuencia de la generación de las plataformas selladas de residuos, cuya
altura prevista es de unos 30 metros.
El
borrador de la modificación del Plan Especial concluye de la siguiente forma: “Por tanto, considerando las dos etapas de actividad del Centro Integral de Tratamientos de Residuos Urbanos Montemarta-Cónica, la primera (periodo de explotación) propia de la actividad para prestar el servicio demandado otorgada para la implantación e inicio de la actividad para la que se obtuvo las pertinentes
licencias datadas en el año
1990 y la segunda etapa de
30 años de vigilancia, control y mantenimiento post-clausura por imperativo legal, una vez finalizada la anterior, nos da un
horizonte temporal mínimo de ocupación del ámbito de unos 60 años, que podrá ser superior en el caso de ampliación de la concesión sujeta a la capacidad operativa de la planta, o en su caso sujeta a ampliación, con lo que el periodo de vigencia quedaría ampliado”.