El tiempo en: Galicia
Miércoles 27/11/2024
 

Jerez

Ampliado el plazo de alegaciones al Reglamento de Participación Ciudadana

Menacho pretende contar así con una mayor participación

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai

La Junta de Gobierno Local, en sesión extraordinaria, ha dado el visto bueno, a la resolución de alcaldía por la que se amplía el plazo de alegaciones al Reglamento de Participación Ciudadana. La delegada de Participación, Educación y Juventud, Lidia Menacho, ha explicado que “con esta decisión el Gobierno local pretende contar con la mayor participación y alcanzar el mayor consenso en la elaboración del documento”.

El Gobierno municipal ha adoptado este acuerdo, a tenor de la petición formulada por la asociación Democracia Viva,  justificada en la imposibilidad por parte de los colectivos ciudadanos de estudiar y preparar propuestas de modificación, supresión o mejora al Reglamento de Participación Ciudadana en pleno periodo estival.

El Gobierno ha subrayado también “la importancia que, en esta materia, tiene la posibilidad de presentación de propuestas por parte de los distintos colectivos así como su especial transcendencia en el movimiento ciudadano. Es por ello, que consideramos adecuado ampliar el plazo para recibir más alegaciones que permitan, entre todos, redactar un texto que sea de toda la ciudadanía”, ha explicado Menacho.

La delegada ha informado que “hasta el momento se han recibido alegaciones de nueve entidades distintas, por lo que cuando finalice el nuevo plazo de alegaciones comenzaremos su estudio y su posible incorporación en el texto final”.

Lidia Menacho ha agradecido “la participación e interés que han demostrado numerosos colectivos en este Reglamento”.

Tras su aprobación en la Junta de Gobierno Local, habrá que esperar la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), y a partir de esa fecha, empezarán a contar los quince días de ampliación del plazo de alegación, tal y como contempla el artículo 49 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico  de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN