La polémica de los calabozos de comisaría acaba en cese “irregular”

Publicado: 09/11/2014
Malestar en el sindicato mayoritario de la Policía Nacional en Jaén (SUP) por la salida del secretario general
La polémica surgida tras la denuncia del Sindicato Unificado de Policía a VIVA JAÉN sobre la situación de irregularidad de los calabozos de la Comisaría de Jaén, tras la muerte de un dentenido en una de las celdas, ha provocado el cese del secretario general del sindicato, Jaime Torres. Tras la denuncia pública en este diario de la situación del calabozo y de otras dependencias de la comisaría, el secretario general del SUP en Jaén fue sancionado por un año sin cargo sindical. Tras esta decisión, Torres convocó elecciones en Jaén para el 17 de noviembre, dos días antes de las que se celebrarán a nivel regional, y presentó su dimisión. Sin embargo, la Secretaría Federal de Andalucía del SUP ha creado una gestora y dejado sin efecto dicha medida. Según las fuentes consultadas, detrás de estas decisiones podría encontrarse la lucha entre las tres candidaturas que existen para optar a la Secretaría Federal del Andalucía y que podrían haberse cobrado como víctima al secretario general del sindicato policial mayoritario en Jaén, Javier Torres, por el malestar surgido tras su denuncia en VIVA JAÉN.


En este sentido, el funcinario de la Escala Ejecutiva, José Mariano Olivares, asegura, como afiliado al SUP y exmiembro del Comité Ejecutivo Provincial,  que se ve “obligado moralmente” a denunciar esta situación que considera “irregular” y de este modo “forzado a abrir puertas y ventadas” ante lo que podría ser un “pucherazo”. “Se ha cometido una irregularidad porque aunque se ha ejercido la potestad que se tiene, no se han seguido los cánones y los requisitos de los estatutos para la destitución de un órgano”. En esta sentido, apunta a la “irregularidad en el cese del secretario general de Jaén, tanto más cuando el SUP ha defendido siempre que los fallos sancionadores deben estar regidos por las garantías que establece la legislación, en concreto por el artículo 21.1 del RD 1398/93.

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