La Xunta simplifica la declaración de cosecha para más de 10.000 viticultores

Publicado: 30/09/2021
Podrá hacerse por vía telemática y con la intermediación de consejos reguladores
La Consellería de Medio simplifica la declaración de cosecha para más de 10.000 viticultores de denominaciones de origen, de forma que podrá hacerse por vía telemática y con la intermediación de consejos reguladores en lugar de que los trámites se tengan que realizar en las oficinas agrarias comarcales.

Este jueves el Diario Oficial de Galicia (DOG) ha publicado la orden por la que se modifican anexos, plazos y normas procedimentales del decreto que regula el potencial de producción vitícola de Galicia.

Los 5.000 viticultores de Rías Baixas participaron en un proyecto piloto de la denominación de origen para testar este año el software que facilita la tramitación.

Los consejos reguladores de las denominaciones de origen que vayan a colaborar en el suministro de información sobre las declaraciones de cosecha de uva deberán formalizar previamente un convenio de colaboración con la Axencia Galega da Calidade Alimentaria (Agacal) y con el Fondo Galego de Garantía Agraria (Fogga).

PROCEDIMIENTO

De tal forma, estas declaraciones podrán efectuarlas directamente los consejos reguladores al Fogga, previa autorización de los viticultores implicados.

En estos casos los viticultoras entregarán su autorización a la bodega que emplee su uva en el momento de la entrega. Las bodegas, por su parte, deberán remitir dichas autorizaciones al consejo regulador correspondiente.

En caso de que la persona viticultora se acoja a esta opción, el consejo regulador se encargará de recoger de las bodegas la información precisa de entregas de uva con el fin de proceder a la validación de la cosecha.

Los viticultores recibirán un borrador de esa validación a lo que deberán dar conformidad en un plazo máximo de 10 días naturales. Una vez validada la cosecha, los consejos reguladores suministrarán al Fogga la información relativa a la declaración de cosecha de los viticultores que habían prestado su conformidad, como fecha máxima el día 10 de diciembre de cada año.

Asimismo, pondrá en conocimiento de esta entidad dependiente de la Consellería de Medio Rural el listado de personas viticultoras que, de ser el caso, no otorgaron su autorización para la transmisión de estos datos o no dieron su conformidad y las parcelas de ellas acogidas a su DO.

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