La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia de la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra que absolvió a un acusado de abusar sexualmente de dos menores, una de las cuales era la hija de su pareja.
De esta forma, la Sala ratifica la resolución de primera instancia, en la que los jueces entendieron que no existen pruebas de que durante la convivencia con la hija de su compañera sentimental el acusado le hubiese realizado tocamientos de tipo sexual ni que durante las fiestas de San Roque de 2013 le hubiese tocado el pecho a la otra denunciante.
Los magistrados del alto tribunal gallego, por lo tanto, han rechazado el recurso de apelación interpuesto por una de las acusaciones, al que se adhirió parcialmente el Ministerio Fiscal.
Así, informa el alto tribunal gallego, concluyen que la sentencia "toma en consideración todas y cada una de las pruebas practicadas en el juicio, todas ellas de naturaleza personal y practicadas con todas las garantías, efectuando una valoración exhaustiva y racional del conjunto de las mismas, sin apartarse de las reglas de experiencia ni de las de la lógica".
A ello, añaden que la Audiencia Provincial expuso en los razonamientos de la sentencia "las contradicciones en el relato, no solo en relación con la ubicación temporal, sino también en relación con la propia dinámica de los hechos denunciados, así como entre las propias denunciantes, las cuales efectúan la denuncia ocho años después de los hechos enjuiciados, impidiendo con tales faltas de coherencia interna del caudal probatorio construir un relato incriminatorio sin vulnerar el principio de presunción de inocencia".
En el fallo, el TSXG explica que la acusación particular solicita la nulidad, una petición que no ha acogido porque "la sentencia no adolece de ninguna carencia o deficiencia". La resolución no es firme, pues cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.