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Viernes 01/11/2024
 

Rota

La Alcaldía bonifica a aquellos que inicien el pintado y adecentamiento de sus bloques

Un bando municipal disponible durante el mes de mayor permite un 95 % las tasas por el otorgamiento de licencias y un 100% por ocupación de la vía pública

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La Alcaldía ha notificado a la ciudadanía que aquellos ciudadanos que comiencen las labores de pintado y adecentamiento de las viviendas y edifición durante el mes de mayo serán bonificados con un 95 % las tasas por el otorgamiento de licencias y un 100% por ocupación de la vía pública. El objetivo que pretende alcanzar Javier Ruiz Arana, alcalde de Rota, no es otro que mejorar la imagen de la localidad de cara a la estación estival y fortalecer el sector turístico. Además, el bando podrá generar empleo estable en el municipio y fomentará la actividad económica local o al menos esas son las estimaciones manejadas desde el Consistorio municipal.

Este bando publicado por el alcalde de Rota, Javier Ruiz Arana, hace un llamamiento a los propietarios de fincas y comunidades de propietarios para que procedan al blanqueo de sus fachadas, adecentamiento de las mismas (pintado, limpieza de fachada, resanado o similares), pintado de ventanas, cierros y balcones y limpieza y acondicionamiento de solares, a fin de que se mantenga el concepto que esta ciudad merece tanto al visitante como a los ciudadanos por la limpieza de sus edificios como informan desde el Ayuntamiento de Rota.

Para ello, la medida que estará en vigor del 1 al 31 de mayo de 2024, ambos inclusive, permite solicitar las oportunas licencias para los supuestos indicados anteriormente, mediante la correspondiente solicitud de obra menor o presentación de Declaración Responsable de Obra Menor, según el caso, (ver Ordenanza Municipal Reguladora del Procedimiento de Declaración Responsable para la realización de Obras Menores), beneficiándose de una bonificación de un 95 % las tasas por el otorgamiento de licencias (Ordenanza Fiscal 2.4) y de un 100% por ocupación de la vía pública (Ordenanza Fiscal 2.22). Tal y como se recoge en el bando, para aplicar dicha bonificación los propietarios interesados en acogerse al presente bando, deben solicitar dichas obras dentro del periodo anteriormente indicado, presentando el impreso correspondiente en la Oficina de Atención al Ciudadano (calle Charco, nº 5) y publicado en la web municipal: www.aytorota.es.


Alcaldía puntualiza que se deberán observar las medidas de seguridad necesarias para que los trabajos que se realicen no ofrezcan peligro alguno, ni para los trabajadores ni para los usuarios de la vía pública. En el caso de que se deba cortar la calle al tráfico, ocupar la vía pública o reserva de espacio, deberá ser solicitado en el Ayuntamiento con un mínimo de veinticuatro horas de antelación al comienzo de los trabajos, debiendo ajustarse a las normas y criterios expuestos en los modelos de solicitud. También se informa a la ciudadanía que dentro de la delimitación del Conjunto Histórico, las fachadas deberán estar pintadas en tonos blancos (según art. 2.10 del Catálogo del PGOU). Asimismo, se advierte que el presente bando no ampara obras que impliquen la alteración de los elementos que componen la fachada (huecos, cornisas, vuelos, etc...).

Pasado el mencionado plazo, este Ayuntamiento podrá ejercer las facultades que otorga el artículo 144 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA), y los artículos concordantes del Reglamento General de la Ley 7/2021, aprobado por el Decreto 550/2022, de 29 de noviembre, pudiendo en su caso dictar órdenes de ejecución a los propietarios de inmuebles para el blanqueo y adecentamiento de sus fachadas y solares.

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