La Fiscalía del Tribunal Supremo solicita una pena de 6 meses de prisión, inhabilitación para el sufragio pasivo por el tiempo de condena y multa de 180 euros para el secretario de Organización y diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez por presunto delito de atentado contra agente de la autoridad y otro leve de lesiones; así como una indemnización de 250 euros para el policía al que supuestamente pateó durante una protesta en La Laguna (Tenerife) en 2014.
Los hechos instruidos en el Supremo, dada la condición de aforado de Rodríguez, ocurrieron el 25 de enero de 2014 en La Laguna (Tenerife) con motivo de una manifestación contra el entonces ministro José Ignacio Wert durante la cual el hoy parlamentario presuntamente propinó una patada a un agente.
En el escrito de conclusiones provisionales del fiscal, dado a conocer este martes, se relata que el 25 de enero de 2014 se organizó por las autoridades competentes un dispositivo policial en el centro de la localidad de La Laguna, con ocasión de la inauguración de la Catedral de Nuestra Señora de los Remedios, a la que estaba previsto que asistiera el entonces ministro de Cultura José Ignacio Wert porque se tenía conocimiento de que se había convocado una manifestación bajo el lema "Rechazo a la LOMCE"
Según el relato del Ministerio Público, unas 500 personas se reunieron tras el vallado trenzado próximo a la Catedral y protegido por efectivos policiales y comenzaron a gritar: "perros, hijos de puta", "quitaos de en medio, dejad a Wert en nuestras manos*".
En un momento dado una mujer, auxiliada por otras personas, comenzó a cortar los lazos que aseguraban la valla, llegando a dejarla pasar por su edad, pero al negarse los Agentes a que accediera al interior del templo, volvió al otro lado del vallado, momento en el que el grupo, que había aumentado en unas doscientas personas, comenzó a lanzar
a los policías y diversos objetos, como piedras, botellas de agua y
tomates.
En este contexto sitúa el fiscal a Rodríguez, a quien se acusa de propinar una patada a un policía que a consecuencia de la misma, sufrió una contusión en la rodilla izquierda, requiriendo asistencia y cinco días de recuperación.
Se le atribuye por lo tanto un delito previsto y penado en los artículos 550. 1 y 2 del Código Penal en la regulación dada
a tal precepto por el Código de 2015, por ser más favorable,
y un delito leve de lesiones recogido en el artículo 147.2 del Código Penal, y se pide también que asuma las costas procesales.
LA DEFENSA NO VE ACREDITADA LA AGRESIÓN
La defensa del diputado, que aportó un soporte digital con la grabación de algunos momentos seleccionados de la manifestación en que se sitúan los hechos, solicita que se decretase el archivo de la causa acordándose el sobreseimiento libre por no haber quedado suficientemente acreditada la comisión de infracción penal alguna.
El magistrado que instruyó este asunto, Antonio Del Moral, justificó su decisión de sentarle en el banquillo en "las declaraciones del agente policial que aparece como supuesta víctima, más la objetividad de los partes médicos".
Durante su declaración ante Del Moral el pasado 4 de marzo, Rodríguez negó los hechos por los que fue imputado y enmarcó las investigaciones en su contra en "la criminalización de la protesta social".
El dirigente 'morado' sostiene que se limitó a participar "junto a miles de canarios en una manifestación por la educación pública y contra los recortes", aseverando que "ni siquiera estaba en ese momento" en el que se produjeron las agresiones a los agentes.