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Sábado 16/11/2024
 
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España

El juzgado cesa a los administradores concursales del Grupo Jale

El motivo del cese obedece a las "desavenencias" de los administradores con el que fuera presidente del Grupo Jale, José Antonio Esteras

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El Juzgado de lo Mercantil número uno de Cádiz ha resuelto el cese de Tomás Torres, Alejandro Bengio y Daniel Pastor como administradores concursales del Grupo Jale, declarado en suspensión de pagos, a cuenta del "percibo" de cuantías en concepto de retribución provisional por importes que superan el límite estipulado por la citada instancia judicial en dos autos previos fechados el 10 de julio de 2008 y el 29 de enero de 2010. El motivo del cese, además, obedece a las "desavenencias" de los administradores concursales con el que fuera presidente del Grupo Jale, José Antonio López Esteras.

En un auto fechado el 31 de octubre y recogido por Europa Press, el Juzgado de lo Mercantil número uno ordena el cese de Tomás Torres, Alejandro Bengio y Daniel Pastor como administradores concursales del Grupo Jale y asigna esta misión a un abogado de 'PricewaterhouseCoopers' y a 'Ernst & Young SL'. También requiere a los administradores concursales cesados para que rindan cuentas de "su entera actuación colegiada, sin perjuicio de la responsabilidad que corresponda a cada uno".

Y es que su cese, según este auto, responde al "percibo por los tres administradores concursales de una cantidad en concepto de retribución provisional, superior a la autorizada" por la citada instancia judicial en dos autos previos fechados el 10 de julio de 2008 y el 29 de enero de 2010.

El Juzgado, como se recordará, ya les había requerido para que reintegrasen a la masa activa de acreedores las cantidades por ellos cobradas "sin autorización judicial y sin permiso de la juez", cuantías cifradas en cerca de tres millones de euros, toda vez que ahora "la actitud reticente a la devolución ha provocado escritos de acreedores contra la masa que han visto perjudicado su derecho de cobro, al anteponerse a ellos la administración concursal".

Además, el Juzgado ha apreciado "las desavenencias constatadas con el que fuera presidente del grupo, quien en un primer momento autorizó el pago a la administración concursal de cantidades superiores a las fijadas en los autos".

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