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Jueves 26/12/2024
 
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Córdoba

Hurtado (PSOE) culpa al subdelegado del acto franquista de Lucena

Afirma que "la Subdelegación debiese haber denegado el acto de Lucena, por ser un acto ilegal, conforme a lo establecido en la Ley de Memoria Histórica"

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  • Antonio Hurtado. -

El diputado nacional del PSOE por Córdoba, Antonio Hurtado, ha responsabilizado al subdelegado del Gobierno central en Córdoba, Juan José Primo Jurado, por permitir la celebración de un homenaje franquista en Lucena (Córdoba) el pasado 21 de noviembre, a raíz de la respuesta que ha dado el Gobierno de la Nación a sus preguntas sobre este asunto.

En este sentido y en declaraciones a Europa Press, Hurtado ha señalado que "la Subdelegación del Gobierno debiese haber denegado el acto de Lucena, por ser un acto ilegal, conforme a lo establecido en la Ley de Memoria Histórica", pero "el subdelegado miró para otro lado, haciendo caso omiso de lo establecido en la norma con respecto a sus obligaciones como representante del Gobierno en la provincia de Córdoba".

En definitiva, para el diputado socialista cordobés está claro que "la Subdelegación ha hecho dejación de sus funciones", teniendo Hurtado la "duda" de si lo hizo "intencionadamente", si bien, ha dicho esperar que "esto no vuelva a ocurrir y que la Subdelegación adopte las medidas que exige la Ley".

En concreto, Hurtado y la también diputada nacional del PSOE por Córdoba, María Jesús Serrano, preguntaron por escrito al Gobierno central el pasado 24 de noviembre si había autorizado el subdelegado "la celebración de un acto en recuerdo de Francisco Franco junto al cementerio de Lucena", queriendo saber también a quién le concedió "esta autorización y en qué términos", y si "no considera el Gobierno que este tipo de actos de exaltación fascista vulneran la Ley de Memoria
Histórica".

Ante esto, el Gobierno, en respuesta escrita a la que ha accedido Europa Press, ha afirmado, con fecha del pasado 16 de febrero, que "la Subdelegación del Gobierno en Córdoba, ante cualquier concentración o manifestación aplica objetivamente la legislación correspondiente, la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del Derecho de Reunión".

Dicha Ley, según ha detallado el Ejecutivo que preside Mariano Rajoy, establece en su artículo tres que 'ninguna reunión estará sometida al régimen de previa autorización', por lo que la citada Subdelegación no ha autorizado ninguna manifestación".

En cualquier caso, el Gobierno ha señalado que "la Subdelegación del
Gobierno en Córdoba procedió, de acuerdo con el artículo nueve del mencionado cuerpo legal, a solicitar informe al Ayuntamiento de Lucena, localidad en la que se iba a realizar la concentración", pero, "en el plazo conferido para ello, el Ayuntamiento de Lucena no aportó informe
alguno en el que se indicase que la concentración, por algunos de los motivos reflejados en la Ley, tuviese que ser limitada".

En cuanto a los requisitos para denegar una concentración, el Gobierno ha precisado que "estos vienen recogidos en el artículo cinco de la citada Ley Orgánica 9/1983, que literalmente indica que la autoridad gubernativa suspenderá y, en su caso, procederá a disolver las reuniones y manifestaciones en los siguientes supuestos: cuando se consideren ilícitas de conformidad con las leyes penales, cuando se produzcan alteraciones del orden público, con peligro para personas o bienes; cuando se hiciere uso de uniformes paramilitares por los asistentes" o "cuando fueran organizadas por miembros de las Fuerzas Armadas o de la Guardia Civil".

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