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Lunes 18/11/2024
 

Campo de Gibraltar

82 solicitudes para el Programa de Ayuda a la Contratación en La Línea

El plazo de admisión que se cierra el 30 de septiembre

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El teniente de alcalde y delegado municipal de Asuntos Sociales, Helenio Lucas Fernández, ha informado que hasta el momento hay registradas 82 solicitudes de trabajo para el proceso de selección de 92 personas en situación de exclusión social a cargo del Programa de Ayuda a la Contratación de la Junta de Andalucía.

Este número, con toda seguridad, se elevará cuando se cumpla el plazo de admisión que se cierra el 30 de septiembre, y el cual fue abierto el pasado día 8. Muchas son las personas interesadas que han retirado los impresos y que a su juicio están en estos días recopilando los requisitos exigidos en la convocatoria para entregar las solicitudes complementadas durante los últimos días del plazo.
Recordar que el fin que se persigue es adjudicar un contrato de trabajo durante tres meses. Las solicitudes se están presentando en el Registro General del Ayuntamiento, de lunes a viernes, de 09.00 a 13.00 horas. El modelo de solicitud y la hoja informativa están disponibles tanto en el propio Ayuntamiento como en los tres Centros de Servicios Sociales, el de Bellavista-Sacra, el de Levante y el de Junquillos-Poniente, así como en el Instituto Municipal de Empleo y Formación, radicado en la Casa de la Juventud. Las bases de la convocatoria, que fueron aprobadas por un decreto del alcalde, Juan Franco, el pasado 13 de julio, están a disposición de las personas interesadas tanto en el tablón de anuncios como en la página web del Ayuntamiento.

Fernández destacó que los técnicos de Asuntos Sociales han trabajado en los últimos meses en alcanzar acuerdos para obtener el acceso electrónico a los datos de los solicitantes, mediante la llamada Red SARA, que facilita el uso por las administraciones públicas, por lo cual no tendrán que presentar los documentos del Servicio Andaluz de Empleo ni del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE, antiguo INEM) ni acudir a las oficinas de dicho Servicio. Tampoco tienen que acudir ni solicitar documentación a la oficina de la Seguridad Social, de lo que se encargará el Ayuntamiento, mediante acceso digital.

Una novedad este año es que se exige a todos los solicitantes, al igual que hacen otros ayuntamientos que gestionan el Programa, la relación de todas las  cuentas bancarias de los miembros de la familia, el saldo disponible en cada una de ellas y los extractos bancarios con los movimientos de los últimos seis meses. El teniente de alcalde ha recalcado que en la misma solicitud se indica que la falsedad en documento público o la obtención fraudulenta de prestaciones pueden ser constitutivas de delito.

También ha querido recordar que los solicitantes deben tener en cuenta que si dos o más personas de una misma unidad familiar presentan la solicitud sólo se atenderá a la que se hubiera registrado antes en el Ayuntamiento. Asimismo, como ya se hizo en la última selección con cargo al Programa, los solicitantes quedan informados de que, si son seleccionados y propuestos para contratación, Asuntos Sociales comunicará a la Junta de Andalucía o Administración del Estado los casos de las personas y familias que renuncian al contrato sin motivo justificado documentalmente, pudiendo provocar efectos sobre otras prestaciones o ayudas que vengan percibiendo o tengan solicitadas, como el Salario Social, la Renta Activa de Inserción, Ayudas Económicas Familiares, Ayudas de Emergencia Social, Plan PREPARA, etc.

El Programa Extraordinario de Ayuda a la Contratación está regulado en el Decreto-ley 8/2014, y financiado íntegramente por la Junta de Andalucía, que realiza una fiscalización previa y posterior para garantizar que el Ayuntamiento cumple con todos los requisitos del Programa. Las personas contratadas se seleccionan en base al cumplimiento a los requisitos de participación, la verificación de su situación de exclusión social o riesgo mediante un Informe Técnico de los Servicios Sociales Municipales, y unos criterios de prioridad que fija el propio Decreto-ley y los ayuntamientos no pueden alterar. Todos estos supuestos están claramente recogidos en la solicitud, para mayor transparencia.

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