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Miércoles 06/11/2024
 

Campo de Gibraltar

Pendiente de demoler el porche "sin licencia" de la casa donde vive la edil de Los Barrios Isabel Calvente

Cuenta con dos decretos instando a demolerlo y lo califican de “no legalizable”, pero aún sigue ahí.

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  • Vivienda donde vive Calvente. -

La concejala de Turismo de Los Barrios, Isabel Calvente, tiene un grave conflicto de intereses con el propio Ayuntamiento. Desde el pasado mes de mayo, la vivienda en la que reside, que según la documentación aportada en el expediente por la propia Calvente es propiedad de su marido, está sujeta a una orden municipal de demolición de un porche edificado supuestamente sin la preceptiva licencia municipal. Este ha sido denominado, además, por los técnicos, como “no legalizable”.

El caso tuvo su origen en la denuncia formulada por la Policía Local de Los Barrios el 16 de septiembre de 2014. Inspectores de rentas y exacciones del Consistorio barreño detectaron una posible “infracción” en el “patio delantero de la vivienda, y anexo a la misma”, donde se construyó “un techado de pérgolas existentes con elementos de madera desmontables de 17 metros cuadrados, aproximadamente”. En la visita de los inspectores, Calvente habría alegado, constando en este documento como “propietaria”, que no contaba con la preceptiva licencia municipal.

A la vista de estas primeras actuaciones, Romero emite una “providencia de Alcaldía” instando a que se emita el correspondiente informe sobre “si existe o no” la correspondiente licencia u orden de ejecución y su compatibilidad con la ordenación urbanística del municipio.

El posterior informe urbanístico, de 29 de septiembre, indica que existía una “licencia de obra menor para rebaje del acerado y rampa de acceso a vivienda, recrecido muros laterales y frontal, colocación de pérgola, remate de tejas y alicatado lateral en paredes de acceso a garaje”, pero que “el techado de la pérgola carece de licencia de obras”. El posterior informe del arquitecto técnico indica que “no cumple con la normativa urbanística” referente a “condición de separación a linderos”.

En base a todo ello, se acuerda la “inmediata demolición” de la construcción”, dándose al interesado un plazo de 10 días para una audiencia tras la cual tendría un mes de máximo para presentar alegaciones.

En diciembre de 2014, Calvente pedía, por un lado, ampliar el plazo para aportar la documentación e informes técnicos preceptivos para justificar la actuación, y, por otro, aportaba acta de subsanación de la propiedad para que en lo sucesivo los trámites del expediente se notificasen a su marido como propietario. Ambas peticiones le fueron concedidas.

En marzo de este año, el marido de Calvente presentaba un expediente de legalización que sería rechazado, lo que dio lugar a la última orden de demolición, con fecha de salida 5 de mayo de 2015, que daba un plazo de dos meses como máximo para su ejecución desde la notificación. Contra esta decisión, podían interponer un recurso potestativo o por la vía contencioso - administrativo, del que  este medio no tiene constancia pese a que intentó contactar con la edil para que lo confirmase.

En caso de no cumplir el anterior requerimiento en plazo, la propiedad de la vivienda se podía enfrentar a “hasta 12 multas coercitivas con periodicidad mínima de un mes y cuantía, en cada caso, del 10% del valor de las obras realizadas, y , en todo caso, mínimo de 600 euros”. En caso de que pase la duodécima mensualidad y aún no se haya subsanado la supuesta ilegalidad se procederá a la demolición con cargo en costas a la parte denunciada.

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