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Miércoles 27/11/2024
 

Campo de Gibraltar

Industria publica la orden específica del Plan Reindus para el Campo de Gibraltar

Las empresas tienen hasta el 13 de junio para presentar sus solicitudes

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El Ministerio de Industria, Energía y Turismo ha hecho pública, con su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este martes, consultado por Europa Press, la Orden IET/770/2013, de 26 de abril, por la que se convoca la concesión de apoyo financiero a la inversión industrial en el marco de la política pública de reindustrialización en la comarca del Campo de Gibraltar en el año 2013.

Según la orden, se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de apoyos financieros correspondientes al año 2013 para la ejecución de inversiones materiales destinadas a la creación, ampliación o traslado de establecimientos industriales en la comarca campogibraltareña, previstos en el apartado tercero a) de la Orden IET/611/2013, de 11 de abril, por la que se establecen las bases para la concesión de apoyo financiero a la inversión industrial en el marco de la política pública de reindustrialización y fomento de la competitividad industrial, publicada el pasado 16 de abril en el BOE.

La orden será de aplicación a los proyectos o actuaciones de reindustrialización que se efectúen en municipios comprendidos en dicha comarca gaditana y que se detallarán en el listado publicado en el Portal de Ayudas alojado en la sede electrónica del Ministerio.

Podrán tener la condición de beneficiario las sociedades mercantiles del sector privado que cumplan las condiciones establecidas en la Orden general de reindustrialización. Además de las inversiones materiales destinadas a la creación, ampliación o establecimientos industriales de la zona, también será susceptible de financiación la adquisición de activos fijos de carácter material, a condición de que sean necesarios para la creación, ampliación o traslado de establecimientos.

Cuestiones como el importe de la financiación, las características de la financiación --fórmula de préstamos reembolsables-- y las garantías exigidas coinciden con las establecidas para la convocatoria general en la Orden IET/611/20013.

Las actuaciones financiadas deberán ejecutarse en un plazo máximo de 18 meses contados desde la fecha de resolución de la concesión. El presupuesto mínimo de las inversiones financiables será de 100.000 euros en el caso de las pymes y 750.000 euros en el caso de que el solicitante sea una gran empresa.

Entre otras cuestiones, la orden detalla que la cuantía total máxima de los préstamos a conceder para el año 2013 es de 26.287.590 euros. No obstante, podrán aplicarse los fondos remanentes de la convocatoria general del programa de reindustrialización una vez se resuelva, de la misma manera que advierte de que la concesión de los préstamos "queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión".

CONTROL Y SEGUIMIENTO

El plazo de presentación de las solicitudes y de la correspondiente documentación finalizará el próximo 13 de junio. El órgano competente para instruir el procedimiento de concesión será la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, siendo el Ministerio de Industria, Energía y Turismo el competente para resolver.

La comprobación de la realización de las actuaciones se hará de acuerdo con lo establecido en la orden general. La documentación justificativa deberá ser presentada en los tres meses siguientes a la finalización de la actuación. Será la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por sí misma o a través del órgano o entidad que designe, quien verifique el cumplimiento del proyecto objeto de la financiación y que ésta se ha aplicado a la concreta finalidad para la que fue concedida.

Tras la correspondiente comprobación técnico-económica, el Ministerio emitirá una certificación acreditativa del cumplimiento de los fines que justificaron la concesión de la financiación y, en caso contrario, acordará el reintegro de la subvención.

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