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Viernes 15/11/2024
 

Cádiz

Declarado nulo el pacto de anatocismo de una hipoteca de la UCI

El Bufete Ortiz considera “pionera e histórica” esta sentencia por la gran cantidad de afectados ya que UCI aplica en la gran mayoría de sus hipotecas

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  • SANTANDER -

Un juzgado de la provincia gaditana emite una sentencia en la que declara nulo el pacto de anatocismo contenido en una hipoteca de UCI, (Unión de Créditos Inmobiliarios) a una pareja gaditana.

Los hechos, según relata el Bufete Ortiz Abogados, se remontan al año 2010 cuando la entidad demandada UCI, entidad filial del Santander, concedió a los demandantes un préstamo con garantía hipotecaria de 226.000 euros por hipoteca “cambio de casa”, que permitía a los prestatarios comprar una vivienda sin haber vendido la anterior, y que hubiera reducido dicho capital en los primeros 6 meses “en el caso de haberse amortizado 126.000 euros, importe de la vivienda original, según la tasación realizada mediante la venta de la misma”.

La sentencia declara que en el supuesto de Autos, “los prestatarios consumidores han podido comprender que la devolución del capital prestado se hacía en 360 cuotas mensuales, que se preveía una amortización en 4 fracciones temporales, en las 3 primeras el tipo de interés era fijo del 3,70%, y en la cuarta variable Euribor más 1.15 %, y que si vendían su vivienda originaria en los 6 primeros meses el capital del préstamo se hubiera reducido considerablemente, pasando considerablemente a la fracción cuarta”.

Ahora bien, “la propia redacción de la cláusula segunda y su extenso contenido, con remisión continua al Anexo y a la Cláusula Tercera Bis, con párrafo repetitivo, constituye un entramado complejo y oscuro” y “desde luego  no ha resultado acreditado que UCI haya explicado debidamente a los clientes de forma compresible las verdaderas consecuencias económicas durante la vida del préstamo”, señaña Ortiz.

La sentencia declara nula “esta cláusula de anatocismo (los intereses se suman al principal y continúan generando más intereses), y condena a UCI a recalcular y rehacer un nuevo cuadro de amortización, eliminando las consecuencias de dicho anatocismo en las distintas fracciones temporales y realizando la correcta amortización de cada una de las doce cuotas de la tercera fracción, de 713.01 euros”.

Según el Bufete Ortiz, “la sentencia es pionera y muy importante ya que UCI aplica en la gran mayoría  de sus préstamos hipotecarios, si no en la práctica totalidad, estas fórmulas de anatocismo que la sentencia declara nulas”, que afectaría a “500.000 personas”.

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