Antes de presidir el pleno del Observatorio para la Convivencia Escolar de Andalucía, el consejero se preguntó por las posibilidades que tienen las leyes españolas de atender a la resolución del Defensor según la cual el traslado de colegio de un menor debe contar con el visto bueno de ambos progenitores en caso de que estén divorciados.
Tras alabar las recomendaciones del Defensor por su “rigor” y porque recoge la “visión muy precisa” de la opinión de los ciudadanos, De la Chica dijo que si un padre o una madre tienen la patria potestad de un menor, “hasta qué punto” el sistema judicial permite cumplir la demanda de necesitar la autorización de los dos progenitores para un cambio de colegio.
“No me gustaría que en otros ámbitos políticos el tratamiento fuera distinto”, apuntó el consejero, que puso como ejemplo lo que ocurriría en caso de que un progenitor divorciado quisiera un cambio de médico.