Una de las empresas que ha concurrido al concurso público del Parlamento de Andalucía para hacerse con los servicios de captación, grabación, difusión y distribución de señales audiovisuales de la Cámara andaluza ha anunciado que estudia recurrir el proceso de adjudicación, al considerar que sí cumple con el criterio sobre personal por el que han sido excluidas cuatro de las cinco empresas que concurrían al concurso público.
Alegría Activity SL ha vuelto a ser la adjudicataria del contrato de servicios de captación, grabación, difusión y distribución de señales audiovisuales del Parlamento de Andalucía, un servicio que viene prestando desde 2012, y de cuya licitación han sido excluidas, en la última fase del procedimiento, otras cuatro empresas por no cumplir con un requisito técnico sobre el personal.
El órgano de contratación del Parlamento considera que tales empresas no han acreditado que los trabajadores que se precisan para ejecutar el contrato cuentan con una experiencia de más de 150 horas en la realización de “señales institucionales”.
En tal sentido, se efectúa una interpretación muy restrictiva de lo que se entiende por señal institucional, limitada a las emisiones del Parlamento, y sin considerar otras retransmisiones que hayan podido realizarse para televisiones u organismos del sector público.
La finalización de este expediente de contratación ha tenido lugar tras la apertura del tercer y último sobre, el pasado lunes 22 de enero. Entra ahora en periodo de alegaciones, estando aún pendiente de publicación la resolución de adjudicación a Alegría Activity, una empresa dedicada al marketing y la rotulación de autobuses y camiones, no a la prestación de servicios audiovisuales.
Frente a la resolución de adjudicación cabe esperar la respuesta impugnatoria por parte de aquellas empresas que han resultado excluidas del proceso, pese a contar con una reconocida y dilatada experiencia en la retransmisión, producción o generación de contenidos audiovisuales de diversa índole. No en vano, algunas de ellas ya han anunciado su intención recurrir.
Adjudicataria
Al concurso, abierto bajo el expediente 175/2016 después de que el anterior (37/2016) fuera anulado al no cumplir ninguna de las concurrentes los requisitos, se han presentado cinco empresas, incluida Alegría Activity, que ya asumía esta función desde 2012 con diferentes prórrogas y en los que siempre se ha destacado “la oferta del servicio humano”.
Alegría Activity SL es una empresa vasca cuyo objeto social es el marketing y la rotulación de autobuses y camiones. La plantilla que presta sus servicios en el Parlamento de Andalucía trabaja también para Mediasur Producciones Audiovisuales, una de las compañías del Grupo Mediapro.
En esta ocasión, al proceso de contratación se presentaban CB Media (que lleva los servicios informativos de A3 y La Sexta en Andalucía); ATM Broadcast (referente en el mercado audiovisual internacional y con equipamientos de HD de última generación); Huri (productora especializada en eventos deportivos, galas, espectáculos y conciertos); y una UTE encabezada por Publicaciones del Sur, empresa netamente andaluza y con reconocida experiencia profesional en televisión, prensa y digital.
Precisamente es esta UTE una de las que ha anunciado su intención de recurrir, al considerar que sí que ha acreditado la experiencia profesional de los 16 trabajadores que realizarían las funciones del contrato, ya que esas 150 horas en realización de señales institucionales no pueden ser sólo “de señal institucional del Parlamento andaluz”, como parece extraerse de la adjudicación.
El contrato del que ha resultado adjudicataria Alegría Activity, y que será objeto de impugnación, asciende a un importe total de 252.000 euros (más casi 53.000 euros de IVA), y tiene un plazo de ejecución de dos años.
Según la comunicación ofrecida a las empresas, Activity es la única que cumple con los requisitos previos, ya que las otras fueron excluidas por no cumplir la cláusula 11.1.1 del pliego de cláusulas administrativas y la prescripción cuarta del pliego técnico, “ya que no se acredita la experiencia de 16 técnicos que se requieren en los citados pliegos en la forma establecida en los mismos”, es decir, no acreditar que cada uno tenía 150 horas en la realización de señales institucionales.