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Lunes 20/01/2025
 
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Galicia

Pena de 13 años y 9 meses de cárcel para un hombre por agredir sexualmente a su hija menor

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha confirmado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Pontevedra

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  • Sede del TSXG. -

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por un hombre condenado a 13 años y 9 meses de cárcel por agredir sexualmente a su hija, menor de edad, y ha confirmado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Pontevedra.

En su recurso, la defensa alegó que se había producido un error en la valoración de la prueba, que se vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva y cuestionaba el testimonio de la menor, por incurrir en inconcreciones.

El TSXG expone en su resolución que no se puede aceptar una "desagregación" de la prueba para cuestionar la versión de la víctima, y apunta que no hay indicios de que incurra en "incredibilidad" por una supuesta mala relación con su padre.

Asimismo, el alto tribunal gallego señala que "no se puede exigir" a la niña que explique "algo que prefiere olvidar" con todo lujo de detalles y explayándose. En todo caso, añade que su declaración es "suficientemente explícita" y que los hechos que narró son compatibles con la disfundión eréctil que padece el padre.

Igualmente, se refiere a un informe del Imelga en el que los peritos exponen que el relato de la mejor no ofrece entidad suficiente para establecer criterios de credibilidad" y lo consideran "no concluyente". Según el TSXG, este informe no se ha incorporado al juicio pero, en todo caso, "en absoluto dice que la menor mienta o que los hechos no ocurrieran".

Por ello, ha acordado rechazar el recurso y confirmar la sentencia emitida en abril de 2024 por la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, que condenó al procesado a la pena de 13 años y 9 meses de cárcel como autor de un delito de agresión sexual. El tribunal provincial también le impuso el alejamiento de la víctima por un tiempo de 18 años y el mismo tiempo de inhabilitación para el desempeño de actividades o profesiones que conlleven trato con menores.

Igualmente, fue condenado a la medida de libertad vigilada durante 7 años cuando salga de prisión, y se le impuso el pago de una indemnización a su hija de 6.000 euros.

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