Andalucía
La Audiencia juzga este jueves a cinco personas por una causa de obra nueva en El Puerto
La Audiencia Provincial de Cádiz juzga este jueves a cinco personas acusadas de delitos contra la ordenación del territorio y falsedad documental
La Audiencia Provincial de Cádiz juzga este jueves a cinco personas acusadas de delitos contra la ordenación del territorio y falsedad documental, ya que, supuestamente, aportaron un certificado falso de antigüedad de una obra construida sin licencia en suelo no urbanizable de El Puerto de Santa María (Cádiz) para conseguir su inscripción en el Registro de la Propiedad y proceder a su compraventa posterior.
Según el escrito de calificación fiscal, al que ha tenido acceso Europa Press, los hechos tuvieron lugar entre 2005 y 2006, cuando dos de los acusados, en calidad de propietarios y promotores, comenzaron, sin disponer de la correspondiente licencia urbanística por tratarse de suelo no urbanizable, la ejecución de las obras para la construcción de una vivienda de una sola planta y 120 metros cuadrados en cierta finca rústica de El Puerto, presentando la declaración de obra nueva ante notario el 2 de mayo de 2006.
El escrito abunda en que para conseguir la inscripción de tal obra, ambos acusados aportaron, a sabiendas de su falsedad, un certificado elaborado por un arquitecto, también acusado, con el que se habrían concertado para que indicase una serie de extremos "del todo inciertos" en su certificado de 17 de abril de 2006.
Tales cuestiones implicaban, según la Fiscalía, establecer una antigüedad de cinco años y que se trataba de una construcción de 120 metros cuadrados perfectamente distribuida en varias dependencias y servicios.
Sin embargo, en la ortofoto correspondiente al año 2005 sólo se apreciaba "una pequeña edificación" levantada en la mencionada finca correspondiente a "un trastero".
Además, en la misma fecha de 2 de mayo de 2006 y en la notaría anteriormente indicada se emitió igualmente escritura de venta de la citada finca --propiedad de los dos primeros acusados-- a un matrimonio que también se sienta en el banquillo porque después de efectuar la compra y, "a sabiendas de su ilegalidad", continuaron ejecutando las obras para la construcción de la vivienda en calidad de promotores.
Para la Fiscalía, los hechos descritos son constitutivos de un delito contra la ordenación del territorio --del que serían responsables la pareja de vendedores y la de compradores-- y otro de falsedad documental --del que serían autores la pareja inicial y el arquitecto--.
Por ello, considera que procede imponer una pena de un año de cárcel y una multa de un año a una cuota diaria de seis euros a los cuatro acusados del delito contra la ordenación del territorio. La pareja inicial tendría que sumar una pena de un año y tres meses de prisión y nueve meses de multa por el delito de falsedad documental, del que también está acusado el arquitecto, para quien Fiscalía solicita igual pena.
Además de reclamar que los cinco acusados sean condenados en costas, el Ministerio Fiscal considera que procede acordar la demolición de la obra y, subsidiariamente, en caso de que no se acordase tal demolición, el comiso de las ganancias obtenidas por el delito.
Según el escrito de calificación fiscal, al que ha tenido acceso Europa Press, los hechos tuvieron lugar entre 2005 y 2006, cuando dos de los acusados, en calidad de propietarios y promotores, comenzaron, sin disponer de la correspondiente licencia urbanística por tratarse de suelo no urbanizable, la ejecución de las obras para la construcción de una vivienda de una sola planta y 120 metros cuadrados en cierta finca rústica de El Puerto, presentando la declaración de obra nueva ante notario el 2 de mayo de 2006.
El escrito abunda en que para conseguir la inscripción de tal obra, ambos acusados aportaron, a sabiendas de su falsedad, un certificado elaborado por un arquitecto, también acusado, con el que se habrían concertado para que indicase una serie de extremos "del todo inciertos" en su certificado de 17 de abril de 2006.
Tales cuestiones implicaban, según la Fiscalía, establecer una antigüedad de cinco años y que se trataba de una construcción de 120 metros cuadrados perfectamente distribuida en varias dependencias y servicios.
Sin embargo, en la ortofoto correspondiente al año 2005 sólo se apreciaba "una pequeña edificación" levantada en la mencionada finca correspondiente a "un trastero".
Además, en la misma fecha de 2 de mayo de 2006 y en la notaría anteriormente indicada se emitió igualmente escritura de venta de la citada finca --propiedad de los dos primeros acusados-- a un matrimonio que también se sienta en el banquillo porque después de efectuar la compra y, "a sabiendas de su ilegalidad", continuaron ejecutando las obras para la construcción de la vivienda en calidad de promotores.
Para la Fiscalía, los hechos descritos son constitutivos de un delito contra la ordenación del territorio --del que serían responsables la pareja de vendedores y la de compradores-- y otro de falsedad documental --del que serían autores la pareja inicial y el arquitecto--.
Por ello, considera que procede imponer una pena de un año de cárcel y una multa de un año a una cuota diaria de seis euros a los cuatro acusados del delito contra la ordenación del territorio. La pareja inicial tendría que sumar una pena de un año y tres meses de prisión y nueve meses de multa por el delito de falsedad documental, del que también está acusado el arquitecto, para quien Fiscalía solicita igual pena.
Además de reclamar que los cinco acusados sean condenados en costas, el Ministerio Fiscal considera que procede acordar la demolición de la obra y, subsidiariamente, en caso de que no se acordase tal demolición, el comiso de las ganancias obtenidas por el delito.
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