Sobre las solicitudes de revisión de las condenas que han pedido la exconsejera Carmen Martínez Aguayo y el exdirector Miguel Ángel Serrano
La Audiencia Provincial de Sevilla da un plazo de tres días hábiles para que la Fiscalía y la acusación particular se pronuncien sobre las solicitudes de revisión de las condenas por los ERE que han pedido la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo y el exdirector de IFA-IDEA Miguel Ángel Serrano.
La Sección Primera de la Audiencia ha dictado dos providencias con un plazo de tres días para que Ministerio Público y acusación se posicionen sobre las peticiones de ambos encarcelados, que se acogen a la reciente reforma del delito de malversación, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Aguayo, que cumple una pena de seis años de cárcel por la pieza política de los ERE, pide que se revoque parcialmente la sentencia y en su lugar, manteniendo los hechos probados, sea absuelta del delito de malversación o condenada por un delito del actual artículo 433 en su modalidad no agravada, con la revocación de la condena de prisión impuesta y manteniendo solo la inhabilitación.
De forma subsidiaria pide que la absuelva del delito de malversación del artículo 432 y la condene en su lugar por el actual del 433, con una condena de dos años y medio de prisión, e inhabilitación de cuatro años.
En cuanto a Miguel Ángel Serrano, condenado a seis años y medio, se solicita que se aplique igualmente el vigente artículo 433 del Código Penal, teniendo en cuenta que en los hechos probados no se describe que la desviación presupuestaria haya causado grave daño al servicio al que originariamente estaban adscritos los caudales malversados, cubrir la cuenta de ganancias del IFA-IDEA.
En otra providencia, la Audiencia acuerda dar traslado del informe médico forense del exviceconsejero Agustín Barberá a la Fiscalía Anticorrupción y a la acusación particupar para que se pronuncien sobre la suspensión de su entrada en la cárcel, también en el plazo de tres días hábiles.
Barberá no llegó a entrar en la cárcel porque la Audiencia suspendió la ejecución de la pena por enfermedad grave.