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Jueves 28/11/2024
 

Almería

Absuelven a un hombre acusado de malos tratos al ver \"interés económico\" de la supuesta víctima

El juez observa las peticiones formuladas por la denunciante en el juicio verbal, en las que \"se ponen de relieve que existen unas expectativas económicas por parte de la misma que se generan como consecuencia de la denuncia formulada por violencia de género\"

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El Juzgado de lo Penal número 3 de Almería ha absuelto a Joaquín G.L. de un presunto delito de violencia habitual y cuatro delitos de lesiones en el ámbito de la violencia contra la mujer al no quedar acreditado "de forma fehaciente" la realidad de los hechos ni la participación del acusado y sí observar un "claro interés económico" por parte de la supuesta víctima en el momento de formular su denuncia.

   Así consta en la sentencia, consultada por Europa Press, en la que se relatan las supuestas agresiones que la mujer sufrió entre julio de 2009 y mayo de 2010 de manos de su pareja sentimental, el juez estima insuficiente la declaración de la víctima, quien reclamó y disfrutó del uso de la vivienda propiedad de su compañero, aunque no se le concedió una pensión compensatoria, que también solicitó.

   En esta línea, el juez observa las peticiones formuladas por la denunciante en el juicio verbal, en las que "se ponen de relieve que existen unas expectativas económicas por parte de la misma que se generan como consecuencia de la denuncia formulada por violencia de género" contra el acusado, representado por el letrado José Carlos Segura de Rus.

   Asimismo, señala que "el interés económico que se intuye en la perjudicada" está en relación además con las declaraciones de los testigos, quienes se expresaron de manera "contradictoria" con respecto al relato de la víctima, lo que dio lugar a "dudas" sobre la veracidad de los hechos expresados por la denunciante.

   "De todas las declaraciones testificales se deduce, sin lugar a dudas, de que se trataba de una relación altamente conflictiva, siendo motivado el conflicto por la pretendida ruptura de la relación, que ciertamente existió, por parte del acusado y sobre todo, por su interés en que la perjudicada abandonara la vivienda de su exclusiva propiedad, a lo que ésta se negaba", apunta el juez.

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