El tiempo en: Galicia
Sábado 30/11/2024
 

Granada

Condenado a inhabilitación el exalcalde de Castril por un delito de malversación

Por haber utilizado el móvil que le fue asignado para el desempeño de su cargo para la contratación de servicios personales de mensajería corta

Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
  • Juicio en la Audiencia de Granada contra el exalcalde de Castril José Juan López Ródenas. -

La Audiencia de Granada ha condenado a seis meses de inhabilitación para empleo o cargo público y multa de 1.800 euros al exalcalde socialista de Castril (Granada) José Juan López Ródenas por un delito de malversación de caudales públicos, después de que un jurado popular le declarara culpable de haber utilizado el móvil que le fue asignado para el desempeño de su cargo para la contratación de servicios personales de mensajería corta que fueron sufragados por el Ayuntamiento.

Durante el juicio celebrado a principios de febrero, López Ródenas, que fue alcalde de Castril de 2004 a 2011, declaró que nunca llegó a contratar ninguno de estos servicios de ocio sino que fue víctima de una "estafa", pues él "desconocía" cómo funcionaban y el modo en que pudieron llegar a activarse.

No obstante, en una reciente sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Primera de la Audiencia Provincial considera probado que, entre diciembre de 2008 y febrero de 2011, contrató "de forma consciente y voluntaria" servicios personales de mensajería corta de una decena de empresas por importe de 1.579 euros que fueron sufragados por las arcas municipales. El exregidor reintegró el dinero al Ayuntamiento en mayo de 2014, según precisa el fallo, contra el que cabe recurso ante el TSJA.

El jurado concluyó, en contra de la versión del exregidor, que contrató estos servicios de mensajería "beneficiándose" del hecho de que el importe "era incluido en la factura del teléfono asignado a la Alcaldía y pagado con fondos municipales", conclusión que, a juicio del tribunal, es posible asentar en datos como el número de empresas u operadoras de tales servicios --hasta once-- que enviaron mensajes al acusado; el importe del coste de estos servicios y el "muy elevado número de mensajes" recibido en el periodo investigado. Todo ello, según mantiene la sala, "hace inverosímil que no fuese detectado ese concepto de facturación telefónica durante tan prolongado espacio de tiempo".

Desde el Ayuntamiento de Castril, que ha ejercido la acusación particular representado por el letrado Rafael Revelles, han mantenido este jueves tras conocer la sentencia que López Ródenas "contrató a más de 10 empresas distintas a lo largo de 25 meses, más de dos años, mes a mes recibía las facturas con páginas y páginas donde estaban esos cientos de mensajes sms privados que contrató para acceder a las web de contenidos de ocio que quiso y costaron 1.600 euros a los vecinos".

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN