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Defienden legalidad del traslado de material radioactivo de Palomares

La Abogacía del Estado mantiene que "ni siquiera se trata de residuos" sino, según remarca, de "simples muestras"

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  • Palomares. -

La Abogacía del Estado sostiene que el transporte entre 2011 y 2016 de casi seis toneladas de material radioactivo a Palomares, en Cuevas del Almanzora se llevó a cabo "de acuerdo" con la normativa y defiende que no se han usado las 40 hectáreas de terreno en la zona que están bajo vigilancia por contaminación "como almacenamiento de residuos radioactivos".

Afirma que, en la fase probatoria del procedimiento contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional, ha quedado "acreditado" que tales transportes "sólo tenían por objeto devolver a los terrenos de Palomares las muestras que habían sido extraídas de los mismos para su análisis" en el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (Ciemat).

La Abogacía del Estado mantiene que "ni siquiera se trata de residuos" sino, según remarca, de "simples muestras" y remarca que "ello en ningún caso ha supuesto una alteración radiológica".

Así responde en su escrito de conclusiones, elevado fuerza de plazo a la Sección Séptima, a las alegaciones de Ecologistas en Acción, que impulsó un procedimiento ante la Audiencia Nacional para obligar al Consejo de Seguridad Nuclear a ejecutar el plan de rehabilitación que para la zona se aprobó en 2010.

El tribunal declaró concluidas las actuaciones a principios de octubre y pendientes de votación y fallo pero la Abogacía del Estado ha presentado ahora sus conclusiones, consultadas por Europa Press, en las que, además de pronunciarse sobre los traslado que el colectivo conservacionista considera "irregulares", reitera que "no existe un plan de rehabilitación para la zona" y que el CSN "tiene competencias para ejecutarlo".

Subraya que la "imposibilidad de poner en marcha actualmente la rehabilitación de la zona" que deriva de que el plan de rehabilitación que fue aprobado en 2010 "es un documento" de "carácter preliminar" que contenía "solo líneas generales para retirar la contaminación radioactiva" de los terrenos de Palomares y define "los conceptos básicos y los elementos conceptuales" de las actuaciones previstas.

"Deja para una fase posterior el desarrollo de la ingeniería de detalle del proyecto y los aspectos específicos de tipo operacional y administrativo", añade para rechazar la pretensión de Ecologistas en Acción.

No obstante, poco después la Abogacía del Estado recurre al informe en el que el Ciemat revelaba, desglosado, el traslado de casi seis toneladas de material radioactivo a Palomares entre 2011 y 2016 para defender que no hay "inacción" de la administración ya que en este documento se reconoce "que entre noviembre y diciembre de 2012 se realizó una prueba piloto de descontaminación con la finalidad de aportar información complementaria a los ensayos y estudios de laboratorio sobre diferentes aspectos relativos a la rehabilitación de los terrenos".

Según consta, asimismo, en su escrito "carecen de todo fundamento jurídico y probatorio" las acusaciones de Ecologistas en Acción "sobre supuestas irregularidades" en los traslados. Al hilo de esto justifica que no hubiese informe favorable del CSN "porque no era preceptivo" y señala que el traslado se hizo "por una empresa de transportes autorizada" y que los contenedores.

La Abogacía del Estado sostiene, por último, que no "ha habido alteración radiológica" en la zona "al tratarse de muestras procedentes de Palomares que se habían obtenido para su caracterización y análisis en las instalaciones del Ciemat" y defiende que los contenedores que albergan las muestras de suelos "se ubican en el interior de los terrenos vallados y controlados por el Ciemat, lo que demuestra que no han sido abandonados como indica el recurrente".

La Sección Séptima de la Audiencia Nacional solicitó al Ciemat informe sobre estos hechos, que ha quedado aportado a la causa, y en el mismo el organismo precisó de los envíos, uno que se realizó el 29 de noviembre de 2016 no se depositó como el resto en un contenedor marítimo sino que se depositó en el almacén del laboratorio que el organismo tiene en la zona 3, entre las calles Diseminado la Punta y Paraje Guardicas, en el núcleo urbano.

También está aportada fotografía de la señalización de este "almacén temporal", señalización que dice Ecologistas en Acción es "simular a la que puede tener un coto de caza, sin que en ninguna zona de la alambrada aparezca señalización alguna que indique que en esos contenedores se almacena material radiactivo" y otras tres instantáneas, esta vez obtenidas de Google Earth y a diferentes escalas de tamaño, "con los dos contenedores situados junto a dos balsas próximas al cementerio de Palomares".

A lo largo del procedimiento también se ha incorporado un informe remitido al Congreso de los Diputados por los técnicos del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) en el que se insta a que se "analice, y, en su caso, se rehabilite cuanto antes" la zona contaminada con radiactividad para evitar "efectos inaceptables en las personas y en medio ambiente".

En el marco del procedimiento, la Abogacía del Estado ha reconocido que el volumen de tierra contaminada con radiactividad a limpiar ha variado con respecto a lo previsto en el plan de rehabilitación aprobado en 2010 para la zona, pero ha negado que esto se deba a una modificación de los criterios radiológicos.

Ecologistas en Acción sostiene, sin embargo, que el CSN, en sesión celebrada el 22 de julio de 2015, "modificó los criterios radiológicos a aplicar en Palomares y redujo la cantidad de tierra a tratar y tamizar de 50.000 metros cúbicos a 28.000 metros cúbicos aproximadamente", y, después, firmó el acuerdo para el traslado y almacenamiento de los residuos generados con EEUU, que habría condicionado la rúbrica a estos cambios "por motivos políticos, sin base científica".

La Abogacía del Estado argumenta, sin embargo, que en el transcurso del tiempo "se ha dispuesto de datos y medios para considerar situaciones más realistas, frente a las estimaciones más conservadoras utilizadas inicialmente para determinar los valores de concentración de actividad (niveles derivados) y que esto "incide en el volumen de tierra a retirar, sin que se haya producido modificación alguna en el nivel de intervención de 1mSv/año, valor mínimo" de radiación a percibir por la población.

La Abogacía del Estado ha admitido, asimismo, que la "ayuda" de EEUU para la gestión de los residuos radiactivos generados por la restauración de terrenos contaminados es de "importancia primordial para dar solución definitiva a este problema", ya que España "no tiene instalaciones para el almacenamiento definitivo de estos materiales contaminados con plutonio".

Por último, ha afirmado que, con la expropiación de tierras y el vallado, se "garantiza que actualmente no se supera la dosis" legal y que la actividad radiactiva en el exterior del vallado "tiene valores de concentración que no ha requerido establecer restricciones ya que su impacto radiológico no se considera significativo".

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