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Viernes 08/11/2024
 

Campo de Gibraltar

Abierta la solicitud para subvencionar la rehabilitación de casas

El Ayuntamiento, a través de la empresa Emroque, colabora con la Junta de Andalucía en lo referente a las subvenciones

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  • Fachada de Urbanismo.- -

El Ayuntamiento, a través de la empresa Emroque, colabora con la Junta de Andalucía en lo referente a las subvenciones para la rehabilitación de viviendas, tanto unifamiliares como para edificios de viviendas plurifamiliares. El plazo de presentación de solicitudes estará abierto hasta el próximo 1 de agosto, y los interesados podrán obtener la información necesaria en las oficinas de Emroque (Edificio de Urbanismo, Plaza de Espartero).

La concejal delegada de Vivienda y vicepresidenta de Emroque, Ana Ruiz, ha explicado que “con estas subvenciones se busca fomentar la rehabilitación de viviendas con deficiencias en sus condiciones básicas, así como mejorar sus condiciones de accesibilidad y eficiencia energética. La cuantía de las mismas varía considerablemente dependiendo del tipo de obras que se realicen, de la situación económica del solicitante, de su grado de discapacidad... En cualquier caso, se mueven entre los 3.000 y los 24.000 euros en casos de viviendas unifamiliares, con cuantías similares para los edificios plurifamiliares”, concluyó.

En cuanto a viviendas unifamiliares, pueden solicitar estas subvenciones las personas que sean propietarias o que tengan el derecho de uso y disfrute de las viviendas en cuestión, así como los arrendatarios de las viviendas si han acordado con los propietarios que costearán las obras. Además, los ingresos de la unidad de convivencia residente en el inmueble deben ser inferiores a 5,50 veces el IPREM. Las viviendas tendrán que haberse finalizado antes de 1996.

En cuanto a las plurifamiliares, se dirigen a “edificios de tipología residencial colectiva con deficiencias en sus condiciones básicas”. Los destinatarios de las subvenciones serán las comunidades de propietarios, y los ingresos de las unidades de convivencia residentes en al menos la mitad de las viviendas deben ser inferiores a 5,50 veces el IPREM.

También, al menos la mitad de las viviendas deben ser el domicilio habitual y permanente de las personas residentes en el momento de solicitar las subvenciones, y asimismo deben haberse finalizado antes de 1996. Por último, para presentar la solicitud se debe contar con el acuerdo de la comunidad de propietarios.

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