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Sábado 23/11/2024
 

Cádiz

Zurich indemnizará a una familia por la defectuosa atención médica

"Los hechos se remontan a mediados de octubre de 2012 en que el paciente se sometió a una colonoscopia

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El Bufete Ortiz Abogados, informa que se ha llegado a un acuerdo con Zurich por el que indemnizará a A.C.M.O y a sus tres hijas en la cantidad de 57.345 euros  por el fallecimiento de su esposo – y padre – D.R.G de 73 años de edad, como consecuencia de la defectuosa atención médica que le fue prestada en el centro concertado Hospital Virgen de la Montañas de Villamartín, propiedad de la empresa José Manuel Pascual y Pascual S.A. asegurada por Zurich.

Como indican desde el Bufete Ortiz, "los hechos se remontan a mediados del mes de octubre de 2012 en que el paciente, tras ser sometido a una colonoscopia de despistaje de cáncer de colon por sus antecedentes familiares, pues un hermano suyo padecía cáncer de colon, encontrándose como hallazgos unos pólipos que son resecados, dando como resultado de anatomía patológica en el pólipo del sigma un adenocarcinoma infiltrante moderadamente diferenciado de 0,5 cms. sobre adenoma velloso de 2 cm., que invadía el eje del pólipo, pero con un margen libre de tumor de 1 cm., lo que indicaba que la base de implantación del pólipo estaba libre de infiltración tumoral".

  Para completar el estudio del enfermo "se le indicó un TAC abdominal con contraste informándose que el tracto gastrointestinal no mostraba alteraciones ni hallazgos que indicasen extensión locorregional del proceso, por lo que podemos concluir que la resección segmentaria que se le realizó no estaa indicada en este enfermo, siendo el riesgo que se corría era mucho mayor que el beneficio que podría obtener con dicha intervención.

"Desafortunadamente a primeros del mes de diciembre de 2012 ingresó en el servicio de cirugía del Hospital de Villlamartín, realizándose el día 4 de diciembre una sigmoidectomía laparoscópica, técnica quirúrgica bastante complicada, cuya realización en manos de cirujano experto puede extenderse entre las dos horas y media y las 3 horas. En este caso la operación se prolongó por cinco horas, produciéndose durante el acto operatorio la perforación iatrogénica de un asa de yeyuno, que pasó desapercibida, y como consecuencia de la cual tuvo que ser reintervenido de urgencia a los dos días al sentirse el paciente muy mal, con gran distensión abdominal, malestar general, oliguria y sensación de asfixia. Se le realiza una radiografía simple que pone de manifiesto un gran neumoperitoneo con dilatación de las asas intestinales, tratándose por tanto de una peritonitis fecaloidea como consecuencia de la perforación intestinal que se produjo en la primera intervención y que como dijimos pasó inadvertida".

"Tras la reintervención de urgencia se puso de manifiesto que en la primera intervención laparoscópica no se había respetado la vascularización del colon descendente ni del sigma proximal, lo que evidencia un grave defecto de técnica quirúrgica y en consecuencia aun cuando no se hubiese producido una perforación en el acto operatorio se hubiera producido en todo caso una peritonitis fecaloidea, con la única diferencia de que habría aparecido 24 o 48 horas después". 

"La situación postoperatoria de schok séptico con fracaso multiorgánico obligó al traslado al enfermo a la UCI del Hospital de Jerez de la Frontera, y aunque el enfermo experimentó una leve mejoría en los días siguientes al traslado, la situación de sépsis –infección peritoneal- persistía, recomendando el Servicio de Cirugía, mantener una actitud expectante".

"Como quiera que el día 17 de diciembre comenzó a salir contenido intestinal por el drenaje abdominal se decidió practicar una nueva operación quirúrgica, describiéndose una peritonitis fecaloidea generalizada –reinfección abdominal causada por las heces regadas en la cavidad abdominal- por dehiscencia o apertura de la anastomosis del íleon, sufriendo el paciente una nueva agudización de su shock séptico con fracaso multiorgánico que obliga a una nueva reintervención, que se lleva a cabo seis días después, encontrándose una gran peritonitis fecaloidea por dehiscencia parcial de la anastomosis yeyuno-yeyunal, como era de esperar, ya que se había cometido el mismo fallo que en la intervención anterior, al no haberse respetado la vascularización y no haberse protegido la anastomosis con una iliostomía temporal proximal, persistiendo las mismas posibilidades de fallo que en la intervención anterior".

Tras esta cuarta intervención, "y pese a los cuidados que le fueron prestados en la UCI del Hospital de Jerez de la Ftra, donde permaneció casi un mes, el paciente no pudo soportar las tres contaminaciones fecaloideas consecutivas en su cavidad abdominal falleciendo el día 4 de enero de 2013, tras una larga agonía".

"Indicar que una sola peritonitis fecaloidea de 48 horas de evolución presenta una mortalidad superior al 50%, por lo que las posibilidades de sobrevivir tras tres peritonitis fecaloidea sucesivas son prácticamente nulas. Y todo ello, recuérdese que tiene por base las complicaciones surgidas a raíz de la primera intervención que no estaba indicada y que por tanto era absolutamente innecesaria".

"Aún cuando la reclamación judicial tramitada ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Jerez de la Frontera dio como resultado el dictado de una sentencia desestimatoria de la pretensión, la familia no estuvo conforme con dicho fallo y tras formularse por este despacho profesional Recurso de Apelación ante la Sección de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Jerez de la Frontera se llegó a un acuerdo con la aseguradora de ambos Hospitales – el privado propiedad de José Manuel Pascua y Pascual S.A. de la localidad de Villamartín, donde tuvieron lugar las dos primeras operaciones- y del Hospital público del SAS de Jerez de la Frontera donde se practicaron las dos últimas reintervenciones".

"Dicho acuerdo extrajudicial ha hecho innecesaria la celebración de vista oral del recurso, acordada por la Sección Octava de la  Audiencia Provincial de Cádiz para el día 24 de mayo de 2016, que ha quedado sin efecto".

 

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