Desde el sindicato SPLI-UPLBA se ha emitido un comunicado para desde denunciar que "el Ayuntamiento de San Fernando nuevamente sigue haciendo caso omiso a las sentencias en su contra, que reconoce el derecho de los Policías Locales de nuevo ingreso a percibir retribuciones, si durante el periodo de sus prácticas en la plantilla municipal, se desarrollan desempeñando las funciones propias del puesto de trabajo de Policía, se les debe remunerar con las retribuciones complementarias correspondientes a dicho puesto conforme a la legislación vigente -Real Decreto 213/2003, de 21 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, por el que se fijan las retribuciones de los funcionarios en prácticas)-.
Desde la formación sindical señalan que "el Ayuntamiento de San Fernando acumula diferentes sentencias en su contra, de los cuatros Juzgados de los Contencioso Administrativo de Cádiz, por demandas enjuiciadas en concepto de diferencias retributivas, interpuestas por policías afiliados y afiliadas al Sindicato de la Policía Local Independiente de San Fernando (SPLI-UPLBA) y estimadas
favorablemente, cuando reclamaron las retribuciones complementarias dejadas de percibir durante el periodo nombrados como funcionarios y funcionarias en prácticas, por realizar jornadas en turnos de mañana, de tarde y de noche, formar dotación de vehículos patrulla 092 de seguridad ciudadana y de emergencias, de motoristas para control y regulación del tráfico, atendiendo requerimientos de los vecinos y ciudadanos, etc., inconfundibles al ir uniformados con la vestimenta reglamentaria del
Cuerpo de la Policía Local de San Fernando, pero sin pistola".
Añade que "también acumula la Sentencia 408/203 del Tribunal Supremo, de 27 de enero de 2003, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 7ª, que desestimó un recurso de casación en interés de la Ley nº 34/2002 para la unificación de doctrina, interpuesto a instancia de los servicios jurídicos municipales del Ayuntamiento de San Fernando, donde se dedicaron los técnicos municipales en emplear su tiempo de trabajo en tratar de lograr una sentencia favorable del Tribunal que estableciera una jurisprudencia para no reconocer el derecho de los funcionarios y funcionarias en prácticas de la Policía Local, a las retribuciones complementarias del puesto de trabajo de Policía".
Recuerdan que el pasado 1 de marzo y hasta el 30 de junio, se incorporaron a la plantilla de la Policía Local los funcionarios y funcionarias, nombrados en prácticas, que aprobaron en la última convocatoria en San Fernando, empezando a realizar sus tareas uniformados con la vestimenta
reglamentaria del Cuerpo de la Policía Local de San Fernando, con chalecos antibalas pero sin pistolas, para realizar sus prácticas en jornadas de turnos de mañana, de tarde y de noche, formando dotación en vehículos patrulla 092 de seguridad ciudadana y de emergencias, efectuando
detenciones y custodiando detenidos, regulando el tráfico a la entrada y salida de los colegios, atendiendo requerimientos de los vecinos y ciudadanos que los reclaman, y todas aquellas labores policiales habituales y necesarias, habiendo recibido todos ellos, en la nómina salarial del mes de marzo, el mismo sueldo que venían percibiendo durante el periodo de formación como alumnos y alumnas en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía (ESPA), en Aznalcazar (Sevilla), hasta el pasado 29 de febrero, "lo que supone un agravio comparativo con el resto de policías, al realizar las funciones propias del puesto de trabajo y no tener derecho a percibir sus retribuciones complementarias".
Desde SPLI-UPLBA, "se desconoce el informe técnico, jurídico o resolución de Alcaldía que recomienda desfavorablemente, mediante esa animadversión, a no tener derecho los policías en prácticas a percibir las retribuciones complementarias del puesto de trabajo, cuando en otros Ayuntamientos andaluces y que tienen a sus policías en prácticas de la misma promoción
que los de San Fernando, realizando también las prácticas en sus plantillas, ya han emitido sus correspondientes Decretos de Alcaldía para abonarles el cien por cien de todas las retribuciones del puesto".
Finaliza el comunicado diciendo que "no se entiende cómo, habiéndose aprobado y estando vigente en los presupuestos municipales prorrogados del año 2015, el importe destinado a
las retribuciones complementarias de las plazas de los policías de nuevo ingreso que se reclaman, en esta etapa nadie se responsabiliza, ni da las órdenes oportunas para que no se vuelva a reiterar, permitiendo que se discrimine a nueve empleados públicos municipales en su nomina salarial
durante cuatro meses".