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Cádiz

El juzgado obliga a un trabajador del Consistorio a devolver 26.920 euros por no acudir a su puesto de trabajo

La sentencia recoge que se estima incoar expediente disciplinario contra J.G. V. como empleado público del Ayuntamiento de Cádiz por una posible falta grave del artículo 95,2 c del Estatuto Básico del Empleado Público (Ebep) así como del artículo 7.1.I del Real Decreto 33/86 de 10 de enero por el qu

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  • Ayuntamiento de Cádiz

La juez titular del Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Cádiz confirma el decreto del Ayuntamiento de Cádiz que impone al trabajador J.G. V que pague la cantidad de 26.920 euros recibidos del Consistorio sin que en contrapartida esta persona realizara tarea alguna ni acudiera a su puesto de trabajo.
Así, y como bien muestra la sentencia, la cantidad que la juez ordena que este trabajador devuelva es el resultado de lo percibido por éste desde el 28 de marzo del 2007 al mismo día de 2010, siendo conocido como el trabajador ‘fantasma’.
La sentencia recoge que se estima incoar expediente disciplinario contra J.G. V. como empleado público del Ayuntamiento de Cádiz por una posible falta grave del artículo 95,2 c del Estatuto Básico del Empleado Público (Ebep) así como del artículo 7.1.I del Real Decreto 33/86 de 10 de enero por el que se aprueba el Reglamento Disciplinario.
Recordar que J.G.V. era trabajador del Ayuntamiento de Cádiz y su tarea estaba vinculada al convenio de colaboración suscrito entre este organismo y la empresa Aguas de Cádiz. La sentencia no puede ser recurrida y su ejecutoria está en marcha.

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