La Sala de lo Social, con sede en Málaga, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha vuelto a dar la razón al Ayuntamiento de la localidad malagueña de Estepona en el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) que se llevó a cabo en 2012 en la institución municipal y que afectó a 176 trabajadores, desestimando las demandas de los sindicatos y declarando ajustada a derecho la decisión de extinguir la relación laboral de esos empleados municipales.
El primer juicio se celebró en 2012, pero la sentencia fue anulada por el Tribunal Supremo, que ordenó repetirlo para incorporar una prueba pericial propuesta por CCOO que no había sido admitida. Esta nueva vista tuvo lugar el pasado 23 de septiembre y consistió en la presentación de un informe económico y la declaración de la perito que elaboró el documento, el cual fue rebatido por el interventor municipal en la misma sesión.
El ERE, que afectó a 176 trabajadores, finalizó en julio de 2012 y se justificó en "causa económica y organizativa", a lo que se opusieron los sindicatos y el comité de empresa al entender que había fórmulas alternativas viables a los despidos, por lo que presentaron demandas, que el alto Tribunal andaluz desestimó, al igual que ha hecho ahora, absolviendo al Ayuntamiento, según consta en el fallo de la sentencia.
En la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, se señala la posibilidad de que los trabajadores afectados puedan impugnar individualmente la extinción de sus contratos de trabajo y se apunta que la sentencia se puede recurrir en casación ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo. Así, se rechaza que se contravinieran preceptos en la tramitación y que se produjera vulneración de derechos fundamentales.
El TSJA da por probado que el Ayuntamiento de Estepona atravesó "una difícil situación económica y financiera, caracterizada por la aparición de un fuerte desequilibrio presupuestario, la ausencia casi total de autofinanciación, y la existencia de una importante deuda", ello consecuencia de "obligaciones firmes contraídas por la Corporación municipal y porque las sociedades municipales creadas a partir del año 1995 estaban en causa de disolución legal.