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Viernes 22/11/2024
 
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Huelva

Elevan en 10.000 euros la indemnización a una víctima de accidente por un error en una prueba

La Audiencia estima el recurso de apelación donde se alegaba que la sentencia incurría en arbitrariedad, que daba más credibilidad al informe de un perito que no valoró la documentación de los especialistas que a lo acreditado por la accidentada mediante la documentación médica aportada

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La Audiencia Provincial de Huelva ha elevado en casi 10.000 euros la indemnización que finalmente deberá de pagar la aseguradora Caser a la víctima de un accidente después de que haya apreciado incorrecta valoración de la prueba por parte del juzgado de primera instancia.

La Sección Segunda de la Audiencia, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, estima el recurso de apelación presentado por esta mujer contra la sentencia del Juzgado de Instrucción 2 de La Palma que condenaba a Caser el pago de una indemnización de 1.962,63. euros, con declaración de oficio de las costas causadas.

En su recurso, la parte apelante alegaba que la sentencia recurrida incurría en arbitrariedad, ya que de forma "ilógica" se aparta de lo acreditado por ella mediante la documentación médica aportada, dándose más credibilidad a un informe librado por un perito que ni valoró la documentación de los especialistas, ni gozó la inmediación que proporciona la exploración directa de la lesionada, ni realizó ni valoró pruebas diagnosticas.

Solicitaba que, los apenas 30 días impeditivos que le reconocía la sentencia, se elevaran a 168 y tres puntos de secuelas por muñeca dolorosa con perdida de fuerza en la mano derecha.

La entidad aseguradora Caser se oponía al recurso por entender que en la juzgadora de primera instancia valoró "perfectamente" en la sentencia el alcance real de las lesiones, y además percibió la mala fe con que la que obra la actora al no permitir que pudiera ser reconocida por el médico de la demandada, ni tampoco permitir en el procedimiento la práctica de una pericial médica con el reconocimiento de la reclamante.

Ahora la Audiencia, tras el visionado de la grabación de la vista del juicio y examen y valoración conforme a las reglas de la sana crítica de todos y cada uno de los documentos médicos aportados a los autos, la declaración prestada por la actora y los informes y explicaciones periciales, estima el recurso y revoca la sentencia, condenando a la entidad demandada a pagar a esta mujer la cantidad reclamada de 11.943,14 euros.

Entiende la Audiencia que el juzgado de instancia no valoró correctamente la prueba, y, en base a la misma, se consideran acreditados los días de incapacidad y la existencia de la secuela de pérdida de fuerza y se acepta la valoración en tres puntos de la secuela efectuada por la perito de parte.

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