El tiempo en: Galicia
Sábado 23/11/2024
 
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

Absueltos los dos ocupas juzgados por el caso de la Corrala Utopía de Sevilla

El juzgado de lo penal 7 de Sevilla ha absuelto a los dos primeros ocupas -de los cincuenta previstos- que han sido juzgados en el caso de la denominada Corrala Utopía, en el que se produjo la ocupación de un bloque de viviendas vacío, que se prolongó entre mayo de 2012 y abril de 2014

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
  • CORRALA -

El juzgado de lo penal 7 de Sevilla ha absuelto a los dos primeros ocupas -de los cincuenta previstos- que han sido juzgados en el caso de la denominada Corrala Utopía, en el que se produjo la ocupación de un bloque de viviendas vacío, que se prolongó entre mayo de 2012 y abril de 2014.

La jueza de lo penal 7, Purificación Hernández, absuelve a Max Salazar y a Jesús Antonio Aguilar para quienes la Fiscalía pedía una multa de 720 euros por un delito de usurpación, pese a que la propietaria del inmueble, Ibercaja, retiró su acusación, según el auto al que ha tenido acceso Efe.

Durante la celebración del juicio, el pasado 4 de septiembre, los ocupas consideraron que se trataba de un juicio "político", según sus portavoces, que mostraron carteles en los que defendían que "luchar por el derecho a una vivienda no es un delito" y en los que reiteran la necesidad de que los acusados sean absueltos.

En el primero de los autos, la jueza considera probado que Max Salazar acudió, en una o varios, al bloque de pisos que estaba ocupado a visitar a su hija que tenía con su expareja, que vivía en dicho edificio, "entrando y saliendo con frecuencia" del mismo pese a que el acusado residía en otro domicilio.

La magistrada concluye que las pruebas aportadas son "más que suficientes" para considerar que no está acreditado que Salazar viviera en el edificio ocupado, de forma que resultan "creíbles" sus manifestaciones y las de los agentes policiales sobre que no era uno de los ocupantes ni propietario de uno de los pisos.

Respecto a Aguilar, la jueza considera probado que "sin empleo de violencia o fuerza" se introdujo junto con su esposa enferma en una de las viviendas del bloque que estaba desocupada, sin entregar a sus propietarios y sin suministros, pero sobre lo que "un grupo de personas!" le aseguraron que estaban en conversaciones con la propiedad para resolver su necesidad de vivienda.

Este "grupo de personas" le dijeron que no se le iba a desalojar pero cuando se le comunicó la resolución de un juzgado de que debían abandonar el edificio se marcó "de forma voluntaria", según añade la jueza en su auto, en el que recuerda que volvió a ocupar ese piso meses después tras agotársele el subsidio de desempleo, no poder afrontar el pago del alquiler y no poder dar de comer a su familia.

La magistrada justifica la absolución en que Aguilar no tuvo intención de entrar en la vivienda sin consentimiento por lo que su acceso "no fue del todo imprudente", y en su conducta no hubo actos de violencia ni intimidación para acceder a la vivienda.

El día del juicio decenas de personas se concentraron ante los juzgados para pedir la absolución de los dos ocupas.

Entre los concentrados se encontraban dirigentes de IU, como su coordinador regional, Antonio Maíllo, y la anterior consejera de Vivienda, Elena Cortés, también de IU y a la que la presidenta andaluza, Susana Díaz (PSOE), le retiró temporalmente las competencias en vivienda cuando concedió una casa a los desalojados cuando gobernaban socialistas e IU en coalición.

La Fiscalía mantenía su petición inicial de una multa de 720 euros porque ha subrayado que el derecho a la propiedad privada es un "pilar" del código civil y también la base del bienestar social, mientras que la abogada defensora pedía la absolución.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN