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Martes 09/07/2024
 

Córdoba

Fiscal y acusación de las 'facturas falsas' de Baena piden juicio

Al respecto, una de las ultimas diligencias practicadas en esta investigación ha sido una prueba pericial, solicitada a la Guardia Civil, sobre el reconocimiento de voz a partir de las grabaciones telefónicas obtenidas

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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Baena (Córdoba) ha celebrado este miércoles la audiencia preliminar sobre el caso de las llamadas 'facturas falsas' de la citada población, con tres acusados, y en la que el juez ha escuchado a la Fiscalía y la acusación que piden la apertura del juicio, mientras que la defensa solicita el archivo del proceso.

   Así lo han confirmado desde el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que detallan que tras esta audiencia preliminar por el proceso abierto a los dos empleados públicos del Ayuntamiento y un empresario de esta localidad, el juez acordará en los próximos días si finalmente se celebra juicio por jurado o, por el contrario, se archiva el caso "al no existir pruebas del presunto delito del que se acusa a estas tres personas".

   En concreto, el procedimiento, que consta de más de 16 tomos de instrucción, comenzó en el año 2007 con la investigación de una presunta trama constituida entre las tres personas acusadas para supuestamente tramitar y cobrar facturas con cargo al Ayuntamiento de trabajos que "nunca se realizaron".

   En este sentido, los presuntos delitos en los que se ha podido incurrir en hechos repetidos entre los años 2005 y 2007 son estafa y falsificación continuada y malversación de caudales públicos.

   Al respecto, una de las ultimas diligencias practicadas en esta investigación ha sido una prueba pericial, solicitada a la Guardia Civil, sobre el reconocimiento de voz a partir de las grabaciones telefónicas obtenidas.

PETICIONES DE HASTA NUEVE AÑOS DE PRISIÓN

   Cabe recordar que la acusación pide unos nueve años de prisión para cada uno de los dos funcionarios municipales en este procedimiento, aunque no acusa ni pide pena alguna para el mencionado empresario, cuya denuncia originó el caso.

   De hecho, el escrito de la acusación difiere del que formuló el fiscal, no sólo en que no se acusa al empresario, A.J.G.R., para el que el fiscal pide seis años de prisión como presunto autor de un delito continuado de falsificación de documento mercantil y oficial, sino también en que a los dos funcionarios municipales, R.S.C. y J.D.P., la acusación los considera los presuntos autores de un delito continuado de estafa, al igual que el fiscal, pero entendiendo que su condición de funcionarios públicos es un agravante.

   Ello determina que la acusación pida que se condene a cada uno de los dos trabajadores municipales a nueve años de prisión, frente a los seis que pide el fiscal, además de que se les imponga una multa de unos 27.000 euros y responsabilidad penal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal, en caso de impago, y que se hagan cargo también de las "costas de la acusación popular".

EL EMPRESARIO

   Por su parte, fuentes de la defensa del empresario ya dijeron en su momento que piden la "libre absolución" para el mismo, pues "es inocente de todos los cargos de los que le acusa sólo el fiscal", ya que la acusación popular ha "sorprendido gratamente" a la defensa al "no hacer mención" al empresario "y no pedir la apertura del juicio oral con respecto a él".

   Por ello, la calificación de la defensa del empresario muestra su "disconformidad con la narración de los hechos formulada por el ministerio fiscal", al entender que A.J.G.R. "no ha cometido delito alguno, ni le corresponde asumir ninguna responsabilidad civil por los hechos".

   En este sentido, la defensa del empresario, cuya denuncia y autoinculpación, de la que luego se retractó, fue la que dio origen al caso en el verano de 2007, considera que "se ha acreditado la ejecución de la mayor parte de las obras" a las que se refieren las supuestas facturas falsas, que, en ese caso, serían auténticas y corresponderían a trabajos realmente realizados, mientras que "el resto de obras no se ha podido acreditar que no se hayan ejecutado realmente".

   Frente a ello, el fiscal entiende que el empresario es el presunto autor de un delito continuado de falsificación de documento mercantil y oficial, mientras que los dos funcionarios municipales, R.S.C. y J.D.P., son los presuntos autores de un delito continuado de estafa, en el que el empresario sería, además, "cooperador necesario".

   En concreto, la fiscalía pide que se condene al empresario a seis años de prisión, y entiende que debe imponerse igual pena de cárcel para cada uno de los dos empleados municipales. Además, en cuanto a la responsabilidad civil, el ministerio público considera que los tres acusados deben indemnizar, "conjunta y solidariamente", al Ayuntamiento de Baena en la cantidad de 37.434 euros, que son los que presuntamente han estafado mediante el cobro al Consistorio de once facturas por trabajos que, supuestamente, no se realizaron.

LOS HECHOS

   A este respecto, la calificación fiscal establece que, durante los años 2005, 2006 y 2007, el acusado, propietario de una empresa de carpintería metálica, "previamente concertado" con los dos funcionarios municipales y con "la finalidad de obtener un beneficio económico injusto y a sabiendas de que no se había realizado ninguna de las obras, elaboró a nombre del Ayuntamiento de Baena, anotó en su contabilidad como empresario, presentó y cobró de la Corporación local de Baena por trabajos que no había realizado y que correspondían a contratos menores" un total de once facturas.

   Después, según el relato de los hechos de la Fiscalía, "una vez presentadas al Ayuntamiento las facturas" por el empresario, los dos funcionarios, "a sabiendas de que no se correspondían con la realidad, se encargaban de que las citadas facturas fueran incorporadas a los correspondientes expedientes administrativos y tramitadas, para que fueran abonadas en la cuenta" del empresario.

   Cuando las facturas eran abonadas en la cuenta corriente de éste, el empresario "descontaba la cantidad correspondiente al IVA, que quedaba en su poder, y entregaba en metálico el importe restante de las mismas" a los dos empleados públicos, "que incorporaban a su patrimonio particular" ese dinero.

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