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Viernes 08/11/2024
 

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El Pleno aprobará definitivamente la modificación de la Ordenanza de veladores

Agustín Muñoz destaca que “sólo se han presentado dos alegaciones gracias al consenso alcanzado con las asociaciones del sector”

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La Comisión de Pleno de Urbanismo, Infraestructuras, Vivienda, Suelo y Movilidad celebrada esta mañana en el Ayuntamiento ha dictaminado favorablemente la modificación de la Ordenanza municipal reguladora de la instalación de terraza de veladores, que será sometida para su aprobación definitiva en el próximo Pleno ordinario.
El delegado de Urbanismo y Movilidad, Agustín Muñoz, ha destacado el consenso alcanzado con las asociaciones de comerciantes y hosteleros con la modificación de esta ordenanza de veladores. “Es la primera vez en este Ayuntamiento que se les ha dado voz en la elaboración de la Ordenanza y han puesto su experiencia y profesionalidad, para compaginar en estas Ordenanzas el ejercicio de su actividad con el beneficio de la ciudad y el derecho al descanso de los ciudadanos”.

Muñoz ha señalado también que “merced a este consenso sólo se han producido dos alegaciones durante el periodo de exposición pública de la Ordenanza tras su publicación en el BOP, de las que una se ha estimado cambiando uno de los artículos y la otra se ha desestimado ya que no tiene sentido pues lo que establece en la propia ordenanza es que debe coincidir en la misma persona la titularidad tanto del negocio principal como de la terraza”.

El delegado ha recordado que esta modificación de las Ordenanzas, que se aprobó inicialmente en el Pleno celebrado el pasado 26 de julio, recoge las propuestas presentadas por las propias organizaciones al texto aprobado en 2012. “La nueva Ordenanza se adapta a las necesidades de los hosteleros pero sin olvidar el descanso de los ciudadanos.  Una de las principales modificaciones se refiere al horario procurando que no limite la actividad a la totalidad de los establecimientos hosteleros, sino que con un régimen sancionador adecuado se actúe sólo en los casos  en los que se incumpla la normativa y ese incumplimiento genere molestias a los vecinos”.

Las modificaciones también recogen la regulación fuera del centro histórico de la instalación de toldos en los establecimientos y el permiso para la instalación de aparatos de climatización siempre que tengan el certificado de homologación necesario.

Por último, se desarrolla un régimen disciplinario más clarificador que establece la actuación directa y preventiva de la inspección municipal para corregir actuaciones infractoras sin necesidad de incoar expedientes sancionadores como puede ser el caso de falta de limpieza e higiene en la zona de veladores.

Tras los 30 días de exposición pública se han presentado dos alegaciones por parte de la Federación Provincial de Empresarios de Hostelería de Cádiz, Horeca. La Comisión de Pleno ha desestimado la primera de las alegaciones ya que no tiene sentido puesto que lo que se establece en la propia ordenanza es que debe coincidir en la misma persona la titularidad tanto del negocio principal como de la terraza.
Sí ha estimado, sin embargo, la segunda de las alegaciones, cambiando el texto del artículo 8 para recoger que sólo se concederá autorización para la instalación de terrazas de veladores cuando sean accesorias a un establecimiento de hostelería ubicado en inmueble.
Se incluye también una disposición transitoria que contempla la posibilidad de que las solicitudes para la instalación de veladores a partir del 1 de enero de 2014,  presentadas con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ordenanza, puedan acogerse, siempre que el interesado lo solicite, a su tramitación conforme a lo dispuesto en esta Ordenanza.

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