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Sábado 30/11/2024
 

Málaga

Juzgan el lunes a una mujer para la que piden internamiento por tirar a su hijo de 9 años al río

Los hechos sucedieron en mayo del pasado año 2012

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La Sección Novena de la Audiencia de Málaga tiene previsto juzgar este próximo lunes día 15 de julio a una mujer para la que la Fiscalía malagueña solicita una pena de internamiento durante cuatro años en un centro psiquiátrico por, supuestamente, tirar a su hijo de nueve años al río Guadalmedina a su paso por la capital.

   Los hechos sucedieron en mayo del pasado año 2012. Según las conclusiones iniciales del fiscal, a las que ha tenido acceso Europa Press, la mujer paseaba con su hijo por una tarima que corre paralela a dicho río, cuando "con ánimo de acabar con la vida de éste, lo arrojó al cauce".

   "Como quiera que no se hundía, se abalanzó sobre el menor, comenzando a nadar con el niño agarrado, hundiéndose los dos, pues su pretensión también era acabar con su propia vida", añade el ministerio fiscal en su escrito provisional. No obstante, se dio cuenta de que hacía pie.

   Finalmente, soltó a su hijo "ante la presencia de terceras personas que acudieron al lugar". Como consecuencia de estos hechos, el menor, que tenía el brazo escayolado, sufrió varias heridas en la zona abdominal y en la muñeca, que, no obstante, sólo requirieron una única asistencia médica.

   La mujer presenta esquizofrenia paranoide episódica y en el momento de estos hechos estaba "bajo un cuadro de descompensación psicótica" posiblemente motivado por el abandono del tratamiento, según considera la acusación pública. Esto "anulaba completamente sus capacidades intelectivas y volitivas".

   Así, aunque para el fiscal se trata de un delito de homicidio en grado de tentativa, concurre la eximente completa de alteración psíquica, por lo que estima que se debe dictar una sentencia absolutoria e imponerle como medida de seguridad el internamiento durante cuatro años en un centro psiquiátrico.

   Asimismo, la Fiscalía solicita, además, la retirada de la patria potestad de la madre respecto de su hijo y la prohibición de acercarse al menor, a su domicilio y colegio a menos de 500 metros y comunicarse con él por cualquier medio durante un periodo de cuatro años también.

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