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Miércoles 27/11/2024
 
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Condena de dos años de cárcel al autor del botellazo

La Audiencia de Sevilla ha anulado la absolución del hincha del Real Betis que causó graves lesiones de un botellazo al portero del Athletic de Bilbao Armando Ribeiro durante un partido, y le ha condenado a dos años de cárcel, multa de 2.160 euros y el pago de una indemnización de 4.000 euros.

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  • Anulada la absolución -

La Audiencia de Sevilla ha anulado la absolución del hincha del Real Betis que causó graves lesiones de un botellazo al portero del Athletic de Bilbao Armando Ribeiro durante un partido, y le ha condenado a dos años de cárcel, multa de 2.160 euros y el pago de una indemnización de 4.000 euros.

La Audiencia de Sevilla, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, ha anulado la absolución previa del hincha Carmelo P.R., de 42 años, que la sentencia ahora anulada argumentaba en que no tuvo la voluntad decidida de alcanzar al portero.

Por el contrario, la Sección Primera de la Audiencia dice que el hincha no solo arrojó la botella, sino que previamente descendió varias filas de asientos y "se aproximó considerablemente al terreno de juego" hacia el lugar donde "ocupa su puesto natural el portero".

"Este gesto no tiene más que una lectura posible: lo hizo para estar más cerca del blanco, para asegurar el tiro", ya que si hubiese querido arrojar la botella al campo, "no le hubiera sido preciso descender desde el lugar que ocupaba", dice la Audiencia.

La nueva sentencia condena a Carmelo P.R. a dos años de cárcel por lesiones, multa de 12 meses con cuota diaria de 6 euros por desórdenes públicos y a indemnizar en 4.000 euros al lesionado, en un fallo que no puede ser recurrido en instancias superiores.

El hincha fue absuelto por el juzgado penal 1 del delito de desórdenes públicos porque los graves incidentes que se produjeron a continuación no fueron decisión suya, sino de otras voluntades como las personas que intervinieron y la autoridad que decidió suspender el partido en el estadio Benito Villamarín.

No lo cree así la Audiencia de Sevilla, que piensa que el proceder del acusado "cuando arroja una botella al futbolista y le lesiona de consideración" fue "causa determinante de un serio desorden público".

Tras la suspensión del partido, un numeroso grupo de aficionados intentó entrar de nuevo al campo, se aglomeró a las puertas del estadio y tuvo que ser dispersado por la Policía Nacional, otro grupo intentó acceder por las oficinas y los vestuarios y fueron precisas varias cargas policiales para disolverlos, pero previamente "recibieron a los agentes con piedras y otros objetos", dice la sentencia.

Aunque los jueces reconocen que posiblemente Carmelo no tuviera la intención "directa y firme" de lesionar al portero y de causar desórdenes públicos, "debió representarse como previsible" que eso ocurriría por su agresión y su conducta.

El abogado del hincha, Álvaro Pimentel, ha dicho que no comparte la sentencia al no haber admitido ni siquiera su atenuante de dilaciones indebidas, que le parecen "muy claras" en un caso que ha tardado en juzgarse cinco años, y en lo referente a la indemnización de 4.000 euros, a la que había renunciado el agredido y no habían pedido ni la Fiscalía ni la acusación particular.

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