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Lunes 01/07/2024
 

Jerez

El Ayuntamiento también recurre la sentencia del ERE

El Gobierno local confirma de forma oficial que irá al Supremo y que indemnizará antes que readmitir, asegurando que "en el peor de los escenarios" el montante de estas se amortizaría en un año

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Como  ocurrió hace un año cuando anunció el ERE, su intención de recurrir ahora la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) también era un secreto a voces. No obstante, once días después de conocerse el fallo, el Ayuntamiento confirmó ayer de forma oficial y vía comunicado su intención de recurrir la sentencia dictada por el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) al no estar conforme con el fallo y al entender que “no ha habido arbitrariedad” en la selección de las personas afectadas. El Consistorio presentó ayer el escrito de preparación del recurso de casación que tiene previsto interponer ante el Tribunal Supremo.


Junto con este escrito, el Ayuntamiento ha presentado otro documento en el que manifiesta su decisión de optar por la indemnización a los trabajadores de la cantidad procedente y, por tanto, por la extinción definitiva de los contratos de trabajo de las personas afectadas por el despido colectivo. A la espera de que el TSJA se pronuncie a la aclaración sobre el fallo de la sentencia, solicitada a través de un escrito el pasado 26 de marzo, el Ayuntamiento descarta ya  la posibilidad de readmitir a los trabajadores al entender que “supone un coste elevadísimo para el Ayuntamiento al sumar los sueldos de los afectados 11 millones de euros cada año”. Asimismo, en un comunicado, también advierte que la readmisión supondría iniciar un nuevo ERE “al ser una medida necesaria para reducir el coste de personal”.


De esta manera, como ya adelantó este periódico, el Ayuntamiento entiende que el coste de la indemnización, “en el peor de los escenarios”, se amortizaría en un año, ya que aún está pendiente de aclaración si el fallo se refiere a los 260 empleados afectados por el ERE o quedan exentas las personas mayores de 59 años.


Asimismo, recuerda que ya se han abonado 5.257.000 euros en concepto de indemnizaciones, ya que la sentencia lo que hace es ampliar el período de 20 días a 45 días por año trabajado, con lo que, según han estimado fuentes del caso, esta cifra se completaría con casi siete millones más. Conforme a esto, recuerda que junto al despido colectivo se han tomado otras medidas que han permitido reducir el coste en materia de personal del Ayuntamiento en los Presupuestos de 2013 de los 82 millones a 67 millones. El Gobierno insiste en que el recurso se presenta tras no estar conforme con aspectos concretos de la sentencia, ya que en la misma “ queda claro también que no ha existido vulneración de los derechos fundamentales ni discriminación política ni ideológica”.

“No se dan causas para la nulidad”

Después de que las secciones sindicales ya hayan confirmado que recurrirán la sentencia para lograr la nulidad,  el PP insistió en que el fallo del TSJA ya advierte que no se dan las causas para esta nulidad “al haberse cumplido con el período de consultas, al haberse aportado toda la documentación exigida por ley y al respetarse los derechos fundamentales”.

 

La ATMJ estudia denunciar a concejales que calificaron como "vagos" a los trabajadores en el juicio

Aunque inicialmente su abogado no lo tenía demasiado claro, el colectivo de técnicos municipales del Ayuntamiento (ATMJ) ha confirmado que recurrirán ante el Supremo la sentencia del TSJA en busca de la nulidad. Además de esto, también va a solicitar ante la Sala de lo Social del TSJA una copia de la grabación del sonido de la vista oral del ERE, después de que algunos de sus asociados aseguren que su declaración no se corresponde con la transcripción incluida en el fallo porque  “no es literal y provoca una malinterpretación”.  También están estudiando  la posibilidad de interponer una demanda contra los concejales que calificaron como “vagos, quejicas o flojos” a los afectados por el ERE por si pudiera suponer un ataque al honor de  sus asociados.

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