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España

El autobús que atropelló a un menor superaba el límite establecido

Iba a 42 kilómetros por hora en una vía limitada a 30

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Un informe técnico elaborado por la Policía Local y elevado al Juzgado de Instrucción número 1 de Sevilla cifra en al menos 42 kilómetros por hora la velocidad a la que circulaba el conductor del autobús del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Sevilla que el pasado día 12 de agosto atropelló mortalmente a un menor de 13 años de edad en las inmediaciones de la estación de autobuses de Plaza de Armas, cuando la velocidad máxima permitida en esa vía es de 30 kilómetros por hora.

En este sentido, fuentes del caso han informado a Europa Press de que, en el informe entregado al Juzgado, se asegura que la causa "inmediata" del atropello mortal fue la irrupción del peatón en la calzada, mientras que también se habla de tres causas "mediatas", como es, en primer lugar, que el autobús circulaba a una velocidad superior a la permitida en la vía donde tuvo lugar el siniestro.

Así, la Policía Local ha calculado de distintas maneras la posible velocidad a la que circulaba el autobús en el momento del accidente, concluyendo que el conductor iba al menos a 42 kilómetros por hora. Además, el informe apunta que, según el GPS que llevaba incorporado el autobús, éste circulaba a 54 kilómetros por hora 40 metros antes del accidente, aunque esta prueba no se ha tomado en consideración al no estar homologado.

En cuanto a la segunda causa "mediata" del accidente, la Policía Local dice que el conductor "no iba atento a la circulación y a las circunstancias del tráfico, ya que es una zona conocida por él y era previsible que cualquier persona pudiera salir" del 'skate-park' situado justo al lado del lugar donde se produjo el atropello. Como tercera causa "mediata", se habla de que este 'skate-park' carecía de una zona adecuada, como pasos de peatones, para que pudieran pasar las personas.

Por tanto, según las fuentes consultadas por Europa Press, el informe técnico de la Policía Local, que no ha podido determinar el punto exacto donde se produjo el impacto, "deja claro que en este caso existe una concurrencia de culpas", a lo que se añade que, aunque el conductor asegura que tocó el claxon para advertir a la víctima de la presencia del autobús, varios testigos "dicen que escucharon directamente el golpe y un frenazo".

En su declaración policial, el conductor del autobús dijo que, en el momento de los hechos, circulaba a "35 o 40 kilómetros por hora" y el velocímetro estaba estropeado, y también aseguró que únicamente se percibió de la existencia del menor cuando tuvo lugar el atropello, por lo que no pudo frenar con anterioridad.

De otro lado, hay que recordar que la familia del menor, representada por el letrado Andrés Avelino Romero, del bufete Luis Romero y Asociados, presentó una denuncia ante los Juzgados y responsabilizó al gobierno local anterior de los hechos "por tener abandonada durante años a su suerte esa zona de la ciudad y poner en peligro la integridad física de los patinadores y, además, de los demás ciudadanos que por dicho lugar pasean, corren, circulan con bicicletas o acceden a los aparcamientos".

En este sentido, los letrados manifestaron que van a proceder "a reclamar las responsabilidades civiles, administrativas y penales derivadas del accidente".

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