La sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense ha absuelto del delito continuado de estafa del que estaba acusado un apoderado de una residencia geriátrica, a quien un residente en la misma instituyó heredero universal de todos sus bienes, al tiempo que desheredaba a sus dos hijas.
El tribunal indica en la sentencia que el profundo deterioro psíquico de la presunta víctima "no ha podido ser acreditado", al tiempo que subraya que no hizo sino "expresar los deseos que ya antes había manifestado de cortar toda relación con sus hijas".
En la resolución, los magistrados inciden en que en el procedimiento "ni se ha constatado una absoluta incapacidad del fallecido ni que el mismo actuara movido por engaño alguno, que no se ha acreditado, no pudiéndose así integrar, desde un punto de vista técnico jurídico, el delito de estafa imputado, por más que moralmente se pueda reprochar el comportamiento enjuiciado".
El fallo no es firme, ya que contra él cabe presentar recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).