La futura ley que prohibirá la venta de bebidas energéticas y los vapeadores a los menores de edad --en una normativa específica de protección de salud de los menores-- ha arrancado este jueves su tramitación tras llevar la Consellería de Sanidade al Consello de la Xunta el borrador de la ley, que ahora se expondrá al público para recibir sugerencias y alegaciones.
En la rueda de prensa posterior a la reunión del Gobierno gallego, ha comparecido el presidente de la Xunta, Alfonso Rueda, y el titular de la cartera sanitaria, Julio García Comesaña, que han dado algunos detalles de estar normativa, que se pretende que entre en vigor en 2024 y que otras comunidades también están analizando.
La futura ley equipara a efectos de venta y publicidad las bebidas energéticas con el alcohol y los vapeadores y cigarrillos electrónicos al tabaco, lo que supone, por ejemplo, que no podrán venderse en recintos deportivos o la regulación de la publicidad.
El 40 por ciento de los jóvenes consume bebidas energéticas, que tiene un importante contenido de sustancias estimulantes que puede provocar desde ansiedad e insomnio o problemas cardíacos.
Así se establece la prohibición del consumo y venta a menores de edad, de manera que se exigirá el DNI para la venta y no se permitirá su venta en máquinas expendedoras (porque no se puede garantizar la edad). En cuanto a espectáculos deportivos o dirigidos a menores, o recintos con mucha presencia de menores, estará restringido y no podrán patrocinar eventos dirigidos a las personas que tienen menos de 18 años. También tendrá un lugar específico identificado en los lugares de venta.
En relación a la ley de 2010, se introduce la prohibición de publicidad a 200 metros de colegios o centros de menores. En cuanto a la prohibición del 'botellón', lo que hará esta nueva ley será atribuir a la Administración autonómica la capacidad de sancionar (a la jefatura territorial) esta práctica, potestad que tenían los ayuntamientos.
Comesaña ha indicado que no se descarta actuar sobre los videojuegos y el uso del teléfono móvil en menores de edad. Esta normativa además, amplía la prohibición a fumar en marquesinas y en piscinas públicas; así como se prohíbe la venta de todo tipo de productos que contengan cannabis y el acceso de menores a establecimientos que vendan productos vinculados.