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Viernes 10/05/2024
 

Galicia

Ocho años de cárcel para un honbre que agredió sexualmente a su nieta en Vigo

Y además el hombre también ha sido condenado a abonar a la víctima una indemnización de 6.000 euros por el daño moral sufrido

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  • Tribunales -

La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha condenado a ocho años de cárcel a un hombre por agredir sexualmente a su nieta en el domicilio familiar en 2019, cuando la niña tenía 11 años.

El tribunal también ha inhabilitado al condenado para el ejercicio de cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad por un tiempo superior en cinco años al de la duración de la pena de privación de libertad impuesta.

Y además el hombre también ha sido condenado a abonar a la víctima una indemnización de 6.000 euros por el daño moral sufrido.

El juicio oral tuvo lugar el pasado septiembre y para el acusado pedía la Fiscalía 15 años de prisión, los mismos que solicitaba la acusación particular.

Los hechos ocurrieron el pasado 18 de julio de 2019, cuando el condenado, según ha quedado probado, fue a la habitación de la niña, cuando ella estaba ya en cama, y le pidió acostarse con ella, a lo que la niña accedió pensando que era para dormir.

Entonces el abuelo, “movido por un claro ánimo libidinoso, procedió a echarse sobre la menor, comenzando a tocarla por todo el cuerpo, haciéndolo por encima del pijama”, relata la sentencia.

La menor consiguió zafarse de él, empujándolo hacia atrás, y se refugió en el cuarto de baño, pero al salir el procesado estaba en la puerta del cuarto de la menor, esperándola.

Después de que la niña se subiese de nuevo a la cama entró él y se subió también, bajando a la menor el pantalón del pijama, así como las bragas, tocando el procesado sus partes íntimas, pero sin que hubiera penetración, y mientras tenía agarrados los brazos de la menor, hasta que finalmente el procesado dejó a la menor, abandonando su cuarto.

Al día siguiente, la madre de la niña echó al abuelo de la casa.

Señala la sentencia, que no es firme, que "estamos ante una perversa conducta sexual, llevada a cabo sobre una menor”, y que “el acusado vino a emplear violencia física sobre la menor, para conseguir su propósito”.

Añade que “el hecho objetivo de que el acusado fuera el abuelo de la víctima, conviviendo ambos bajo el mismo techo, viene a integrar un plus de culpabilidad”.

La niña se lo contó después a su madre, a su profesora, a la educadora social del centro y en el juicio, aunque también a la psicóloga del Instituto de Medicina Legal de Galicia (Imelga), a la que además relató que había sido violada.

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