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Sábado 11/05/2024
 

Andalucía

Los padres de Marta piden la nulidad de la decisión del juez

Al no haberse pronunciado las partes

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El abogado de los padres de la joven asesinada Marta del Castillo ha recurrido la decisión del magistrado presidente del jurado de reconducir el caso para que sea enjuiciado por un tribunal profesional, ya que tomó la decisión sin el trámite de que se pronuncien el fiscal y las demás partes.

En un recurso al que ha tenido acceso Efe, el abogado de los padres dice al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que tal decisión “carece de cobertura o amparo” pues el presidente del jurado no ha conocido el criterio de las partes sobre si existe “cauce procesal para el dictado de esta resolución”.

Al igual que la Fiscalía de Sevilla, los padres han pedido al TSJA que la competencia para juzgar la violación y asesinato de Marta, acaecidas el 24 de enero de 2009, vuelva a ser competencia de un jurado popular, ante el cual la Fiscalía pedirá 52 años de cárcel para el asesino confeso, Miguel Carcaño.

En su recurso, el abogado de los padres apunta además la posibilidad de que el presidente del jurado no tenga “competencia funcional para revisar y dejar sin efecto una resolución de la Audiencia provincial, dictada en apelación en esta misma causa”.

Recuerda que la Sección Primera de la Audiencia ya confirmó en octubre de 2009 la competencia de un jurado y opina que el presidente del jurado “sí que está vinculado por las decisiones de la Audiencia provincial dictadas previamente en el mismo proceso” y no puede constituirse “en una tercera instancia revisora de lo ya revisado por la Audiencia”.

En su recurso, el letrado de los padres de Marta sostiene que el asesino confeso de Marta era “excepcionalmente violento” y su comportamiento “se desarrolla en un solo acto, lo que hace que resulte muy artificiosa la diferenciación y prelación de propósitos” que el juez González le atribuye.

Sostiene que “no es posible conocer si la idea de acabar con la vida de la víctima estaba ya presente en el momento en que comenzó la brutal agresión física inicial o si surge antes, en el momento o después de perpetrar los ataques a la libertad sexual”.

La agresión a Marta se produjo de forma “súbita, inopinada y explosiva”, según la acusación particular, y por ello “no es posible determinar con seguridad y con la claridad suficiente cual fue el objetivo u objetivos perseguidos” por la “mente criminal”, sostiene el recurso.

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