El teniente de alcalde delegado de Urbanismo, Diego Sánchez Rull, ha salido al paso de las declaraciones de José Galán, propietario del Club Hípico de Botafuegos.
Sánchez Rull ha señalado:
1.- Que desde el primer momento, la Gerencia Municipal de Urbanismo (GMU) ha evitado el conflicto con los promotores del Club Hípico Botafuegos, a los que ha planteado de forma directa todas las salidas legales.
2.- Desde el pasado mes de mayo, una vez más, la GMU ha intentado dar una solución, siempre respetando la Ley del Suelo, la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) y el Plan General.
3.- En todo momento se ha planteado como necesario que sea la actividad hípica y deportiva el eje sobre el cual gire la actividad del club.
4.- La propiedad del club hípico, tal y como deja claro en los medios de comunicación, pretende llevar a cabo una propuesta totalmente ilegal y fuera de los objetivos que la norma manda para el Suelo No Urbanizable de Especial Protección Compatible.
5.- La GMU incluso ha llegado a mantener diversas reuniones con la Delegación Provincial de Obras Públicas a fin de acordar los usos más amplios posibles dentro de la legalidad.
6.- Los promotores de la actividad demuestran con sus declaraciones, tal y como han hecho reiteradamente en el pasado en distintos expedientes de disciplina urbanística, su voluntad de desarrollar una actividad fuera de los parámetros marcados en la LOUA y el PGMOU.
7.- En ningún momento los promotores del club hípico han tenido voluntad negociadora, tal como demuestran en sus reiterados ataques a esta GMU, tanto a técnicos como a políticos.
8.- Es absolutamente falso que se haya hablado ni de uso compartido de las instalaciones, ni de la instalación de carpas, ni de pago alguno en especies o monetario no previsto en la ley.
Sánchez Rull también ha querido aclarar que “la GMU siempre ha tenido como eje de la negociación, ahora y en el pasado, el respeto a la ley, la sostenibilidad ambiental, el mantenimiento de los puestos de trabajo y el fomento del ocio y el deporte, huyendo de actividades que den pie a la especulación, y transmitiendo clara y honestamente que rechaza, por ilegales en suelos no urbanizables, las actividades hoteleras, de spa y de celebraciones que solo tienen cabida en suelo urbanizable, y no en suelo no urbanizable como es el caso”.
Y finaliza “existe un trámite legal para albergar este tipo de actividad, queriendo ignorar la propiedad del club su existencia y queriendo también obviar que la actividad a desarrollar no es objeto de negociación, sino que viene fijada en una norma de ámbito autonómico”.