El tiempo en: Galicia
Miércoles 06/11/2024
 

Campo de Gibraltar

La Junta revoca la Declaración Ambiental Estratégica de la revisión del PGOU de La Línea

El BOJA publica la revocación. con fecha del 11 de abril, un mes después de la resolución que condicionaba el documento

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
  • Vista de La Línea. -

La Junta de Andalucía ha revocado la Declaración Ambiental Estratégica para la revisión del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de La Línea, lo que tumba dicha revisión. El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publicó este jueves la resolución de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Cádiz que da a conocer dicha revocación.

En concreto, la resolución fechada el 11 de abril, acuerda dicha revocación, aunque mantiene “la validez de las restantes partes del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica, tramitada en esta Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Cádiz como órgano competente para ello”. Señala, además, que cabe recurso de alzada, en el plazo de un mes, contra esta decisión.

La resolución alude a la publicada en el BOJA del 9 de marzo relativa a dicha Declaración Ambiental Estratégica (DAE) y señala que “el condicionado relacionado en el pronunciamiento” de la misma es “equiparable al carácter desfavorable referido en el fundamento de derecho quinto” de aquella.

Ese fundamento quinto al que se refiere es el pronunciamiento relativo a la DAE, que indica que la revisión del PGOU de La Línea debe se adaptada al condicionado señalado en el punto cuarto de la resolución, en el que tres departamentos de la Delegación Territorial exponían una serie de condicionantes para otorgar la DAE.

En concreto, el Servicio de Dominio Público Hidráulico y Calidad de Aguas de la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca en Cádiz, emitió un informe desfavorable respecto al PGOU.

Por su parte, el Servicio de Costas reclamaba planos más detallados, ya que “la línea que se define como servidumbre de tránsito es de la de dominio público marítimo terrestre, faltando la línea que delimita la servidumbre de tránsito”. También reclamaba aclarar el hecho de que “existen varias zonas afectadas por la servidumbre de protección del dominio público marítimo terrestre, que no se determina la clasificación de suelo”. Por último, el Departamento de Vías Pecuarias no prevé la compensación de terrenos en cuanto a la desafección del denominado cordel de Puente Mayorga.

Objetivos
Entre los objetivos generales de la revisión del PGOU “adaptar el planeamiento general a la legislación urbanística vigente”; integrar las “nuevas infraestructuras que han generado los nuevos espacios de producción”; reordenar la “importante herencia” del centro histórico y de suelos urbanos consolidados “mediante la definición de nuevos modelos de integración”; recuperar sus “fachadas marítimas”; mayor definición de un “modelo estructural”, diseñando nuevas “centralidades”; concretar la “protección activa” para el “Parque Natural del Litoral Marítimo de Levante”; intervenciones “estratégicas” de “acupuntura urbanística” en procesos de cualificación urbana; así como buscar “oferta residencial” y nuevos “suelos productivos”.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN